REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 4
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA N° 4
Caracas, 02 de Octubre de 2012
202º y 153º
AUTO DE ADMISIÓN
Ponente: DR. ROBINSON VASQUEZ
Causa: 2906-12 (As)
Corresponde a esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, decidir sobre la admisibilidad o no del Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por las Profesionales del Derecho MERY GOMEZ CADENAS, en su carácter de Fiscal Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, y YOLAINES BENAVENTES, en su carácter de Fiscal Auxiliar Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, fundamento en lo establecido en el artículo 447 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 07 de diciembre de 2011, mediante la cual DECLARÓ el Sobreseimiento a favor del ciudadano ENGELBERT RAÚL OLIVO DOMINGUEZ, por la presunta comisión del delito de Lucro Genérico, previsto y sancionado en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción.
Y visto que la causa signada bajo el N° 2906-12 (nomenclatura de este Superior Despacho), el lapso para admitir se encontraba paralizada, debido a que la Dra. Carmen Mireya Tellechea pidió permiso para ausentarse en sus labores tribunalicias por razones estrictamente personales referidos a la salud de su hija, ciudadana Lisette Lunar Tellechea y que además estaba en la espera en que la Comisión Judicial le fuese aprobada ya que todavía no podía reintegrarse a sus labores tribunalicias por cuanto se hace necesaria su presencia para el cuidado integral de su hija, en donde dicha comisión fue aprobada en fecha 27 de septiembre de 2012, es por lo que la Dra. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIOS Presidenta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas decide convocar en fecha 01 de Octubre de 2012 al Dr. Robinson Vásquez como Juez Integrante Suplente de la Dra. CARMEN MIREYA TELLECHEA, para que pueda decidir sobre la admisibilidad o no de la causa.
Para decidir, esta Sala observa:
El artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, dispone lo siguiente:
...Causales de Inadmisibilidad. La corte de apelaciones sólo podrá declarar inadmisible el recurso por las siguientes causas:
a. Cuando la parte que lo interponga carezca de legitimación para hacerlo;
b. Cuando el recurso se interponga extemporáneamente;
c. Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable o irrecurrible por expresa disposición de este Código o de la Ley.
Fuera de las anteriores causas, la Corte de Apelaciones, deberá entrar a conocer el fondo del recurso planteado y dictará la decisión que corresponda.
PRIMERO: Literal a. Las Profesionales del Derecho MERY GOMEZ CADENAS, en su carácter de Fiscal Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, y YOLAINES BENAVENTES, en su carácter de Fiscal Auxiliar Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, poseen la legitimidad requerida para impugnar la decisión dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 07 de diciembre de 2011.
SEGUNDO: Literal b. Asimismo, el presente recurso fue interpuesto dentro del lapso legal correspondiente, por cuanto fue presentado en fecha 14 de diciembre de 2012, fecha ésta que emerge del mismo escrito de apelación el cual cursa al folio 268 de la primera pieza del cuaderno de incidencia, correspondiente al quinto día hábil siguiente a la fecha en que fue pronunciado el fallo impugnado, por lo que queda determinado que el mismo fue interpuesto en tiempo hábil, tal y como consta en el cómputo cursante al folio 29 de la segunda pieza del presente cuaderno.
TERCERO: Literal c. Que la decisión contra la cual se ejerce el recurso en cuestión, no es de aquellas decisiones irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley.
En este sentido, cumplidos como han sido los requisitos para la admisión del recurso, resulta procedente y ajustado a derecho ADMITIR el Recurso de APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto por Las Profesionales del Derecho MERY GOMEZ CADENAS, en su carácter de Fiscal Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, y YOLAINES BENAVENTES, en su carácter de Fiscal Auxiliar Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 07 de diciembre de 2011, a cargo de la Juez la Juez JEANNA CAROLINA MEDINA VERA, mediante la cual DECLARÓ el Sobreseimiento a favor del ciudadano ENGELBERT RAÚL OLIVO DOMINGUEZ, por la presunta comisión del delito de Lucro Genérico, previsto y sancionado en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal, en concordancia con el artículo 456 ejusdem, para la NOVENA (9na.) AUDIENCIA SIGUIENTE, A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente. Y ASI SE DECIDE.
Observa esta Alzada que en fecha 08 de junio de 2012 fue emplazado el DR. Hugo Concepción, en su carácter de Defensor Privado, a los fines de que diera contestación al Recurso de Apelación interpuesto por la Vindicta Pública, dándose por notificada la Defensa Privada según Boleta de Emplazamiento cursante al folio 28 de la segunda pieza en fecha 18 de junio de 2012, no presentando contestación alguna tal como consta en el computo practicado por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, cursante en los folios 29 y 30 de la segunda pieza del cuaderno de incidencia.
D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al Mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 447 ordinal 1° y 448 y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el Recurso de APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto por Las Profesionales del Derecho MERY GOMEZ CADENAS, en su carácter de Fiscal Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, y YOLAINES BENAVENTES, en su carácter de Fiscal Auxiliar Octavo (8°) a Nivel Nacional con Competencia Plena, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 07 de diciembre de 2011, a cargo de la Juez a cargo de la Juez la Juez JEANNA CAROLINA MEDINA VERA, mediante la cual DECLARÓ el Sobreseimiento a favor del ciudadano ENGELBERT RAÚL OLIVO DOMINGUEZ, por la presunta comisión del delito de Lucro Genérico, previsto y sancionado en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción, en consecuencia se fija la Audiencia a la que se contrae el artículo 455 de la norma adjetiva penal, en concordancia con el artículo 456 ejusdem, para la NOVENA (9na.) AUDIENCIA SIGUIENTE, A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA, a los fines de resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente.
Publíquese, Regístrese y Diarícese.
LA JUEZ PRESIDENTE
DRA. MERLY MORALES
LA JUEZ INTEGRANTE
(PONENTE)
DR. ROBINSON VÁSQUEZ
EL JUEZ INTEGRANTE
DR. ALVARO HITCHER MARVALDI
LA SECRETARIA
ABG. LISBETH HERNANDEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. LISBETH HERNANDEZ
CAUSA N° 2906-12 (As)
MM/RV/AHM/LH/Leudy.