REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 2 de octubre de dos mil doce (2012)
202° y 153º

ASUNTO : AP21-S-2011-01572

PARTE OFERENTE: DISTRIBUIDORA KTDCC.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JESUS LEOPOLDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 97.802
PARTE OFERENTE: JIMENEZ PEREZ HENDERBERT, titular de la cédula de identidad número 15.834.653
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No hay apoderado constituido en autos.

Se inicia la presente oferta real de pago interpuesta por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA KTDC C.A. presentada en fecha 10 de agosto de 2011.
Se dictó auto de recibido en fecha 11 de agosto de 2011.
Por auto de fecha 11 de agosto de 2011 se dictó auto ordenando librar oficio a la occ para la apertura de la cuenta de ahorros.
Por auto de fecha 13 de abril de 2012 se ordenó la remisión de la causa al archivo intermedio.
A la presente fecha 02 de octubre de 2012 no consta en autos en modo alguno ningún acto de procedimiento de las partes.
Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”

En tal sentido, en el caso de marras, desde la última actuación y única actuación (10 de agosto de 2011) hasta la presente fecha, ha transcurrido más del año previsto en la norma antes transcrita; por lo que conforme al artículo 202 ejusdem, forzoso es para este Tribunal declarar la perención.

Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la oferta real de pago interpuesta por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA KTDC C.A a favor del ciudadano HENDERBERT JIMENEZ PEREZ.

No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.


PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los 02 del mes de octubre de 2012. Años 202° y 153°
La Juez

Abog. Neyireé Toledo


El Secretario

Abg. Nelly Bolívar


Nota: En esta misma fecha, se publicó la anterior decisión, siendo las 10:28 am

EL Secretario