ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002232
PARTE ACTORA: MAYERLIN IGNA NUÑEZ ROMERO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: no asistió
PARTE DEMANDADA: C.A. VENEZOLANA DE TELEVISION
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Euclides Moreno IPSA 99.334
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

Hoy, cinco de octubre de 2012, siendo las 10:00 am., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el abogado Euclides Moreno inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 99.334. en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, quien presenta original y copia del poder que acredita su representación a efecto videndi. Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana MAYERLIN IGNA NUÑEZ ROMERO titular de la cedula de identidad V-14678097, no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.

La Juez

Luisa Rosales


La Secretaria

Dorimar Chiquito


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.



La Secretaria

Dorimar Chiquito