REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-003526
PARTE ACTORA: WILLMER ALEXANDER ABAD CACERES
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITÓ
PARTE DEMANDADA: GERENCIA TÉCNICA ADMINISTRADORA INTEGRAL EL PARAÍSO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITÓ
MOTIVO: DEMANDA POR CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Hoy, 30 de octubre de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia a la misma de las partes, es decir, no compareció la parte Actora ciudadano WILLMER ALEXANDER ABAD CACERES, cédula de identidad NºV-10.803.522, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno y no compareció la parte Demandada GERENCIA TÉCNICA ADMINISTRADORA INTEGRAL EL PARAÍSO, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Igualmente, se deja constancia que una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 y 202.

La Jueza


Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abog. Adriana Bigott

Se deja constancia que en el día de hoy treinta (30) de octubre de dos mil doce (2012), se dictó, publicó y diarizó al presente decisión.
El Secretario
Abog. Adriana Bigott