REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 25 de julio de 2012
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano ERASMO ANTONIO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-3.223.922, y/o en la persona de su defensora judicial, ciudadana ROSA FEDERICO DEL NEGRO, abogada en ejercicio, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.408, que con motivo del Juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoado en su contra la INSTITUTO MUNICIPAL DE CREDITO POPULAR. Expediente signado bajo el Nº AH14-V-1999-000015, nomenclatura del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y con el Nº 0091-12 nomenclatura interna de este Tribunal, que por auto dictado en esta misma fecha se ordenó su notificación, a los fines de hacer de su conocimiento que en fecha 30 de Noviembre de 2011, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante Resolución Nro. 2011-0062, resolvió en el artículo 1 atribuir a este Despacho, competencia como Juez Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sólo para resolver todas aquellas causas que se encuentran en estado de Sentencia Definitiva, fuera del lapso legal comprendido hasta 2009, asimismo, en su artículo 5 estableció que los Jueces Itinerantes se Abocarán de oficio y ordenaran la notificación de las partes, en tal sentido y, a los fines de dar cumplimiento a lo antes mencionado, la ciudadana ADELAIDA C. SILVA MORALES, en su carácter de Juez Titular de este Despacho se ABOCÓ al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, en el entendido se le concede el lapso de Diez (10) días continuos, vencido el mismo se tendrá por notificada la parte y se le concederá tres (03) días de despacho siguientes, a fin de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presenté causa.
El presente Cartel deberá ser fijado tanto en Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia
Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Una vez vencidos los lapsos antes mencionados, se procederá a dictar la correspondiente Sentencia.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR
DRA. ADELAIDA C. SILVA MORALES.
EXP. Itinerante Nº 0091-12
EXP. Antiguo AH14-V-1999-000015
ACSM/Wilmer