REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITOJUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, Lunes 22 de Octubre del 2012.
202º y 153º

ACTA


ASUNTO Nro. : DP11-L-2012-000006.

PARTE ACTORA: Ciudadana YADIRA MARGARITA ACOSTA SAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 9.438.292 .- (NO COMPARECIO).-
ABOGADOS DE LA PARTE ACTORA: Doctores YVAN JOSE COLINA APONTE y MARCOS ANTONIO SCALA URDANETA, Abogados, Inscritos en el IPSA bajo los Números 113.222 y 82.936, respectivamente- (NO COMPARECIERON)
PARTE DEMANDADA: “ESCUELA ESTADAL SAÙL ALBANO.”- Dependiente de la GOBERNACION DERL ESATDO ARAGUA.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA. PROCURADORES YIVIS JOSEFINA PERAL NARVAEZ y WILLY ROTSEN SANTANA , Abogados, inscritos en el IPSA bajo los Números 170.549 Y 116.796, respectivamente.-.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día hábil de hoy, Lunes 22 de Octubre del 2012, siendo las 9 y 30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora al presente acto, ni por si ni por medio de sus Representantes Legales , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.- Se deja constancia de la comparecencia de los Apoderados de la Procuraduría General del Estado Aragua, ut supra identificados.- Se cierra el presente acto a las 10:oo a.m. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-

LA JUEZA


VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ





LOS APODERADOS DE LA PROCURADURIA





LA SECRETARIA


Abog, LOIDA CARVAJAL.