REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE JUICIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua
Maracay, Nueve (09) de Octubre de dos mil doce (2012).
202° y 153º
ASUNTO: DP11-L-2012-000672
PARTE ACTORA: Ciudadano DURLLEY ROMAN PIMENTEL MAGALLANES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.358.793.
APODERADA DEL ACTOR: Abg. ANA KARELLYS RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 119.055.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: Abg. ERNESTO ENRIQUE PAOLONE OTAIZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.603.
MOTIVO: INDEMNIZACIONES POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL
Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:
PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA
Documentales
Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:
PRIMERO: Copia de documento emitido por la empresa dirigida a un trabajador de la empresa donde se especifica con evidencia e registro de esta, de fecha 01 de Agosto de 2008, marcados “A”, que riela inserta a los folios 11 y 12 (ambos inclusive) del presente asunto.
SEGUNDO: Copia de documento emitido por la empresa donde se indica la fecha a prestar los servicios en ROTOGRABADOS VENEZOLANOS, S.A., (ROTOVEN) para ese entonces era el nombre de la empresa, hasta el 15 de Abril de 2008, marcados “B”, que riela inserta al folio 13 del presente asunto.
TERCERO: Constancia Certificada por la empresa de fecha 13 de Febrero de 2009 a la parte recurrente, donde se identifica la fecha de su ingreso, de su despido injustificado, del cargo que desempeñaba y sueldo mensual de DOS MIL QUINIENTOS DIEZ BOLIVARES (Bs. 2.510,00) por su prestación de servicio, marcados “A”, que riela inserta al folio 85 del presente asunto.
CUARTO: Récipes de tratamiento médico, emitido por el Dr. Traumatólogo Ortopedista Daniel Fernández, MC: 2530 SAS: 26.157 del Hospital Los Samanes de fecha 20 de Julio de 2009 al trabajador, marcados “B”, que riela inserta al folio 86 del presente asunto.
QUINTO: Informe Médico Radiólogo emitido por el Dr. Miguel Requena del Departamento de Radiología del Hospital de Los Samanes de fecha 22 de Julio de 2009, al trabajador, marcados “C”, que riela inserta al folio 87 del presente asunto.
SEXTO: Informe de Resonancia Magnética Columna Lumbo Sacra, realizada al trabajador, emitido por el Dr. German Zapata N. del Centro de Diagnostico Biomagnetic, C.A., de fecha 30 de Julio de 2009, al trabajador, marcados “D”, que riela inserta al folio 88 del presente asunto.
SEPTIMO: Original de Informe de Consulta Médica del trabajador, emitido por el médico Traumatólogo Ortopedista Daniel Fernández, MC: 2530 SAS: 26.157 del Hospital Lo Samanes de fecha 04 de Agosto de 2009, marcados “E”, que riela inserta al folio 89 al 91 del presente asunto.
OCTAVO: Original de Informe de Terapia de Rehabilitación emitida por el médico Traumatólogo Ortopedista Daniel Fernández, MC 2530 SAS: 26.157 del Hospital Los Samanes del fecha 28 de Agosto de 2010, dirigida al CDI de San Carlos, Cocos del Municipio Girardot, Maracay estado Aragua, marcados “F”, que riela inserta al folio 92 al 94 del presente asunto.
NOVENO: Copia Certificada de informe de investigación de Origen de la enfermedad del trabajador por ante el Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, (INPSASEL), de fecha 18 de Mayo de 2012, marcados “G”, que riela inserta al folio 95 al 116 del presente asunto.
DÉCIMO: Original Informe Médico de la Fisiatra, Dra. Miladys Pupo Pupo, REG. PROF. 106165 de la Asistencia Médica Dr. Gilberto Rodríguez Ochoa (CDI) San Carlos), de fecha 28 de Enero de 2011, como resultado de las terapias del trabajador, marcados “H”, que riela inserta al folio 117 del presente asunto.
DÉCIMO PRIMERO: Original Informe Médico EMITIDO POR EL Dr. Traumatólogo Ortopedista Daniel Fernández, MC: 2530 SAS: 26.157 del Hospital los Samanes de fecha 28 de Enero de 2011 para el trabajador, marcados “I”, que riela inserta al folio 118 al 119 del presente asunto.
DÉCIMO SEGUNDO: Original de tratamiento Médico emitido por el Dr. Traumatólogo Ortopedista Daniel Fernández, MC: 2530 SAS: 26.157 del Hospital los Samanes de fecha 28 de Enero de 2001 para el trabajador, marcados “J”, que riela inserta al folio 120 del presente asunto.
DÉCIMO TERCERO: Oficio de la Certificación de la Enfermedad Ocupacional emitido por el Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) según nomenclatura interna Nº de Historia 1716-09, marcados “K”, que riela inserta al folio 121 al 124 del presente asunto.
DÉCIMO CUARTO: Informe Pericial, Cálculo de Indemnización por Enfermedad Ocupacional, emitido por el Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, (INPSASEL), Nº de oficio OFSS-ARA-CI-0166-11 de fecha 11 de Septiembre de 2011, marcada “L”, que riela inserta al folio 125 al 128 del presente asunto.
DÉCIMO SEPTIMO: Tratamiento médico emitido por el Dr. Traumatólogo Ortopedista Daniel Fernández, MC: 2530 SAS: 26.157 del Hospital los Samanes de fecha 11 de Abril de 2011, para el trabajador, marcada “LL”, que riela inserta al folio 129 del presente asunto.
Este Tribunal deja constancia expresa que no existe documental alguno como indica la parte en su escrito de promoción de pruebas denominado DÉCIMO QUINTO Y DECIMO SEXTO, marcado con la letra “I” el primero y el segundo sin identificación.
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA
I
DE LA COMUNIDAD DE L PRUEBA
Primero: De la Comunidad de la Prueba, este Tribunal destaca a la promovente que el mismo no constituye medio de prueba susceptible de promoción sino la expresión de los principios de adquisición o comunidad de los elementos probatorios, los cuales una vez cursan en autos, se hacen del proceso con absoluta independencia de la parte que los produjo.
II
DE LAS DOCUMENTALES
1.- Marcados “A”, Copia fotostática simples de Registro del Comité de Seguridad y Salud Laboral, Planillas para el Registro del Comité de Seguridad y Salud Laboral, emitidos por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, en cuatro (04) folios útiles, que riela inserta a los folios 02 al 05 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
2.- Marcados “B”, Originales de Constancia de Aleccionamiento de Riesgos en el Trabajo y Dotación y Uso de Implementos de Seguridad del Establecimiento de Manufactura, de fechas 07 de Marzo de 2005, 23 de abril de 2002, 26 de diciembre de 2000; Original Constancia de Aleccionamiento de Riesgos en el Trabajo y Dotación y Uso de Implementos de Seguridad del Área de Galvano y Grabación, de fecha 12 de noviembre de 2001 y original de Notificación de Riesgos, de fecha 13 de marzo de 2000, en cinco (05) folios útiles, que riela inserta a los folios 06 al 10 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
3.- Marcados “C”, Original de ficha de dotaciones de implementos de seguridad; acuse de recibo de suministro de implementos de seguridad personal correspondiente a los años 2004, 2001 y 2000, copias al carbón de recibo de Movimiento de Materiales de los años 2004 y 2001 y original de Carta de Compromiso, en siete (07) folios útiles, que riela inserta a los folios 11 al 17 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
4.- Marcados “D”, Original de análisis de Seguridad del Trabajo de máquina extrusora marca CMG del 7 de marzo del 2005, utilizada por el demandante, en seis (06) folios útiles, que riela inserta a los folios 18 al 23 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
5.- Marcados “E”, Original de constancias de Inducción y Aleccionamiento para el Manejo Manual de Máquinas de fecha 7 de marzo del 2005 y 13 de marzo del 2000, correspondiente a los años 2005 y 2000, en seis (06) folios útiles, que riela inserta a los folios 24 al 29 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
6.- Marcados “F”, Original de Normas Básicas de la Empresa, en cuatro (04) folios útiles, que riela inserta a los folios 30 al 33 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
7.- Marcados “G”, Original de Certificación de Egreso del Trabajador ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, denominada Forma 14-03, en un (01) folio útil, que riela inserta al folio 34 del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
8.- Marcados “H”, Original de Planilla de Liquidación, Voucher y copia fotostática simple de cheque Nº 00179263 a nombre del actor, en dos (02) folios útiles, que riela inserta a los folios 35 y 36 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
9.- Marcados “I”, Original de Planilla de Liquidación de vacaciones, correspondiente a los períodos 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008, en ocho (08) folios útiles, que riela inserta a los folios 37 y 44 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
10.- Marcados “J”, Copia fotostática simple de Control de Asistencia a reunión de Información y Capacitación de Seguridad “ILUMINACIÓN EN EL ÁREA DE PRE-MONTAJE” efectuado por la parte demandada, en un (01) folio útil, que riela inserta al folio 45 del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
11.- Marcados “K”, Copias fotostáticas simples de certificados de cursos otorgados por distintas Instituciones, en ocho (08) folios útiles, que riela inserta a los folios 45 al 53 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
12.- Marcados “L”, Copias fotostáticas simples del Programa de Seguridad y Salud Laboral, de Alimentos Polar Comercial, C.A., y que fue actualizado en abril de 2008, para el período desde abril de 2008 hasta Septiembre de 2008, en ciento veintiséis (126) folios útiles, que riela inserta a los folios 54 al 180 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
13.- Marcados “M”, Descripción de Puesto de Trabajo emitida por la parte demandada, debidamente firmada en original por el Gerente de Relaciones Industriales, en cinco (05) folios útiles, que riela inserta a los folios 181 al 185 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
14.- Marcados “N”, Recibos de pagos, en Dieciséis (16) folios útiles, que riela inserta a los folios 186 al 201 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
15.- Marcados “Ñ”, Copia fotostática del Programa de Higiene y Seguridad Industrial de Empresas Polar, U.E.N de Alimentos, en Trece (13) folios útiles, que riela inserta a los folios 202 al 214 (ambos inclusive) del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
16.- Marcados “O”, Copia fotostática de Planilla de Registro de Asegurado ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, denominada Forma 14-02, debidamente sellada y recibida por la Sucursal Maracay, Departamento de Afiliación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) fecha 15 de marzo de 2000, en un (01) folio útil, que riela inserta al folio 215 del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto.
III
PRUEBA DE INFORMES
De conformidad a lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se admite la Prueba de Informes, salvo su apreciación en la definitiva. Por tanto, se ordena oficiar a:
1) AL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), con sede en Valencia, ubicado en la Avenida Eugenio Mendoza (antes Avenida Michelena), frente al estadio José Bernardo Pérez, Valencia Carabobo a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:
1. Si el ciudadano Durlley Román Pimentel Magallanes, titular de la cedula de identidad No. 6.358.793 se encontraba inscrito por ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
2. Si está inscrito en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), y si aparece como un trabajador activo o cesante.
3. Si la empresa en donde cotizó Durlley Román Pimentel Magallanes, hasta febrero del año 2009, es la sociedad mercantil Alimentos Polar Comercial C.A., bajo número patronal A22800750.
IV
DE LA PRUEBA DE EXHIBICIÓN
En pronunciamiento a las Exhibiciones, el Tribunal ordena a la accionante presentar para su exhibición, en la oportunidad señalada para que tenga lugar la audiencia de juicio, los originales identificados en el escrito de promoción de pruebas “IV” marcados “K” de los “Certificados de cursos otorgados por distintas instituciones” para un total de ocho (08) certificados numerados: 1.- Certificado otorgado por ALIMENTOS POLAR al demandante, Una iniciativa del Programa Pasión por la Mejora 2007-2008; 2.- Certificado, otorgado por Diagnostico y Desarrollo C.D.O.G. C.A., al demandante de “EL ROL DE LIDER EN LA MSIION Y FILOSOFIA ORGANIZACIONAL” modulo I, el día 24 de marzo hasta el 25 de marzo de 2006, duración de 16 horas; 3.- Certificado, otorgado por ALIMENTOS POLAR, al demandante por participación en el taller de “SEGURIDAD INTEGRAL: NUETSRO COMPROMISO” , en septiembre de 2006; 4.- Certificado otorgado por ALIMENTOS POLAR, al demandante por participación en el Programa de Participación integral. Taller: “Prevención Vs. Drogas”, el día 16 de noviembre de 2005, con una duración de 4 horas; 5.- Certificado otorgado por PERFIL GERENCIAL CONSULTORES, C.A., al demandante por curso “Liderazgo Transformacional y sinergía de grupo”, desde el 02 al 03 de octubre de 2003, duración 12 horas; 6.- Certificado otorgado por GRUPO CODADO, ( Consultores para el Diagnostico Administrativo y Desarrollo Organizacional), al demandante por curso “Negociación Efectiva” el día 31 de mayo de 2003; 7.- Certificado de ROTOVEN, al demandante por asistencia al curso de “Manipulación de Alimentos y B.P.F.”, el 27 de Junio de 2003, duración 04 horas y 8.- Certificado otorgado por ROTOVEN al demandante por participación en el curso “Proceso de Impresión”, desde el 03 hasta el 07 de diciembre de 2001, duración 20 horas, en los períodos aludidos en el escrito de promoción de pruebas de la promovente.
V
PRUEBA LIBRE
En cuanto a la documental promovida como prueba libre consitente en Copia de la página web del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL), en dos (02) folios útiles, que riela inserta al folio 216 y 217 del anexo de pruebas de la parte demandada del presente asunto, este tribunal lo admite salvo su valoración en la definitiva.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. CESAR TENIAS.
LA SECRETARIA,
Abg. JOCELYN ARTEAGA
CT/JA/vina.-