REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
Maracay, tres (03) de octubre del año dos mil doce (2012)
(202° y 153°)

De la revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente signado bajo el número 2011-0081, contentivo de Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos interpuesto por por la Abg. Thais Pernía Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.219.041, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.722 en su carácter de apoderada Judicial de la Sociedad de Comercio denominada “ESTACIÓN DE SERVICIO EL OASIS DE LA VILLA”, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 21 de diciembre de 1988, bajo el Nº 32, Tomo 937-A y de los ciudadanos José del Carmen Pernía, Livia Moreno Antolinez, José Rolando Pernía Moreno, Hebert Fabián Pernía Moreno, Javier Valmore Pernía Moreno, Liliana Pernía Moreno, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-162.125, V-196.100, V-4.567.946, V-4.567.998, V-7.187.685, V-9.642.020 respectivamente usted contra el Acto Administrativo dictado por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), mediante el cual se otorgó Carta de Registro Nº 5562772010RAT92357 y del Titulo de Adjudicación de Tierras Socialista Agrario, en las cuales se expresa que fueron dictados según lo dispuesto en la Resolución del Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en Reunión Nº 349-10, de fecha 06 de octubre de 2010, a favor de los ciudadanos José Álvarez Castillo y José Aragort Morgado venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-11.679.731, V-12.309.122 respectivamente; se evidencia que hasta la fecha no han sido consignados los informes solicitados al Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas, al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, al Juzgado Tercero de Primera Instancia con Competencia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y al Consejo Comunal del Asentamiento Campesino El Samán, en la persona de cualquiera de sus representantes legales, los cuales fueron admitidos como medio probatorio en fecha 13 de agosto de 2012. En consecuencia, este Tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la audiencia oral de informes para el tercer (3er) día de despacho siguiente a la constancia en autos del ultimo de los informes solicitados a las mencionadas instituciones y estén las partes a derecho. Cúmplase.
EL JUEZ


Abg. HÉCTOR A. BÉNITEZ CAÑAS




EL SECRETARIO


Abg. LUIS ABREU GUERRERO


EXP. - JSAAC- 2011-0181
HBC/Lag/kp