REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 1 de Octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-002936
ASUNTO : NP01-P-2008-002936
SOBRESEIMIENTO
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO formulada por la ABOGADA LISBETH ROJAS RODRIGUEZ Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 285 numeral 4º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 37 numeral 15º y 16º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, artículo 108 numeral 7 y artículo 318, numeral 1ºº y artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal a los fines de emitir un pronunciamiento, observa:
LOS HECHOS
La investigación se apertura en fecha 27-03-2008, en virtud de denuncia formulada por una ciudadana XIOMARA DE LORDES MOTA, titular de la cédula de identidad Nº.- V 4.716.891 de 50 años de edad, residenciada en la Urbanización Bella Vista Carrera Nº.- 02 Casa Nº.- 24 Maturín Monagas, quien expuso: “ Vengo a denunciar a mi ex concubino de nombre CARLOS DANIEL GORGUEZ SILVA de 31 años d edad y puede ser ubicado en la Urbanización San Pablo La Cruz, ya que el día de hoy a las 8:30 PM yo fui a la urbanización donde vive este señor, ya que iba a visitar a la hermana de este señor , en vista que ella no estaba fui a su casa, cuando llegué a su casa salió una muchacha y me dijo que era su novia y yo redije que era su pareja, y este señor me ofendió con palabras obscenas, me agredió físicamente en varias partes del cuerpo, dejándome hematomas y me agarró por los cabellos, quiero que este señor me cancele un dinero que me debe…”. Fue calificado inicialmente como la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, tipo penal previsto sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las mujeres a una vida libre de violencias.
.- Denuncia de fecha 16-03-2008, formulada por la ciudadana: XIOMARA DE LORDES MOTA, titular de la cédula de identidad Nº.- V 4.716.891 de 50 años de edad, residenciada en la Urbanización Bella Vista Carrera Nº.- 02 Casa Nº.- 24 Maturín Monagas.
.- Acta de Imposición de fecha 18-03-2008, de las Medidas de protección y seguridad previstas en el artículo 87, numerales 5º y 6º de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, al ciudadano denunciado: CARLOS DANIEL GORGUEZ SILVA de 31 años d edad y puede ser ubicado en la Urbanización San Pablo La Cruz.-
.- Informe médico forense, realizado a la ciudadana denunciante XIOMARA DE LORDES MOTA, titular de la cédula de identidad Nº.- V 4.716.891, donde reza textualmente Interrogatorio refiere que su pareja la golpeo. Examen Físico: Se observan Múltiples Hematomas Superficiales Tipo Magulladuras en ambos Brazos. Clasificación Leve.
.- Informe médico Legal realizado al ciudadano denunciado: CARLOS DANIEL GORGUEZ SILVA de 31 años d edad y puede ser ubicado en la Urbanización San Pablo La Cruz.-Del Interrogatorio refiere traumatismo con las uñas, dientes, piedra y patadas. Examen Físico: Excoriaciones Lineales en mejilla izquierda, región maxilar inferior derecha, ala nasal derecha, lado izquierdo del labio superior, cara lateral derecha izquierda del cuello, dorso toráxico izquierdo, rodilla izquierda. Clasificación leve.
En virtud de los razonamientos antes expuestos es ajustado solicitar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo que establece en el artículo 108, ordinal 7 del Código penal Vigente en concordancia con lo establecido en el ordinal 3º, del artículo 318, primer supuesto de la norma adjetiva penal, y el artículo 48, ordinal 8 Ejusdem, por cuanto han transcurrido desde la fecha de inicio de la misma CUATRO (4) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y DOS (2) DIAS haciendo imposible continuar la investigación correspondiente, ya que ha operado la prescripción de la acción penal.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHOS
A los fines de resolver la presente solicitud de sobreseimiento estima esta Juzgadora que no se hace necesaria la celebración de la audiencia a que se refiere el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que de la simple revisión de las actas procesales se puede verificar que el pronunciamiento en el presente asunto versa sobre un asunto de mero derecho, motivo por el cual se prescinde de dicha audiencia.
En virtud de lo anteriormente expuesto, observa ésta Juzgadora que el delito por el cual se adelantó el presente proceso penal fue el de VIOLENCIA FISICA, tipo penal previsto sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las mujeres a una vida libre de violencias, en perjuicio de la ciudadana víctima XIOMARA DE LORDES MOTA, titular de la cédula de identidad Nº.- V 4.716.891 de 50 años de edad, residenciada en la Urbanización Bella Vista Carrera Nº.- 02 Casa Nº.- 24 Maturín Monagas.
Expone el Ministerio Público: es ajustado solicitar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo que establece en el artículo 108, ordinal 7 del Código penal Vigente en concordancia con lo establecido en el ordinal 3º, del artículo 318, primer supuesto de la norma adjetiva penal, y el artículo 48, ordinal 8 Ejusdem, por cuanto han transcurrido desde la fecha de inicio de la misma CUATRO (4) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y DOS (2) DIAS haciendo imposible continuar la investigación correspondiente, ya que ha operado la prescripción de la acción penal. Lo cual es confirmado por la que aquí Juzga y en tal sentido considera que lo pertinente y ajustado a derecho en el presente caso es decretar Como lo es el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA y así se decide.
Esta Operadora de Justicia considera que están satisfechos los extremos legales para que se extinga la Acción Penal. Finalmente y como consecuencia del decreto de Sobreseimiento que se está profiriendo en la presente causa, se ordena el cese de las medidas de coerción personal que puedan pesar contra el ciudadano CARLOS DANIEL GORGUEZ SILVA de 31 años d edad y puede ser ubicado en la Urbanización San Pablo La Cruz. Así como cualquier medida de protección y seguridad que se hubiere dictado en el presente asunto, Oficiándose a los organismos competentes a los fines de ley consiguientes, y se acuerda y así se decide.
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta Sobreseimiento de la causa conforme con lo que dispone el artículo 318, numeral 3º del Código Orgánico Procesal penal al haberse verificado una causa de “Extinción de la Acción Penal” conforme lo dispone el numeral 8º del artículo 48 Ejusdem.- que se le sigue al ciudadano EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA ALFANUMÉRICA NP01-P-2008-002936 que se le sigue al ciudadano: JOSE CARLOS DANIEL GORGUEZ SILVA de 31 años d edad y puede ser ubicado en la Urbanización San Pablo La Cruz por la presunta comisión del delito: VIOLENCIA FISICA, tipo penal previsto sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre Los Derechos de las mujeres a una vida libre de violencias, en perjuicio de la ciudadana víctima XIOMARA DE LORDES MOTA, titular de la cédula de identidad Nº.- V 4.716.891 SEGUNDO: Se ordena el cese de las medidas de coerción personal que en contra del imputado pudieran existir, así como cualquier medida de protección y seguridad que hubiere sido dictada Notifíquese a las partes de la presente decisión. Y una vez estando firme ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Subdelegación a los fines del que el ciudadano: CARLOS DANIEL GORGUEZ SILVA sea excluido del Registro policial (SIPOL); TODA VEZ QUE QUEDE FIRME LA PRESENTE DESICION Regístrese. Diarìcese. NOTIFÍQUESE A LAS PARTES y Cúmplase.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABGA. RAIZA CAROLINA MEJIA
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