REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primera de Violencia contra la Mujer en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 26 de Octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-001154
ASUNTO : NP01-P-2009-001154


Vista el escrito presentado en fecha 23 de octubre de 2012, por ante la Unidad y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal y recibido por este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Penal del Estado Monagas, en fecha 24 de octubre de 2011, interpuesto por el Defensor Publico Segundo Especializado Cesar Guzmán, actuando con el carácter de Defensor del acusado de autos JESUS RAFAEL VALLENILLA MARQUEZ, venezolano, soltero, natural de la Caripe El Guacharo, Municipio Caripe, Estado Monagas, fecha de nacimiento 09-06-1968, de 44 años de edad, hijo de Virgilia Márquez y Juan Vallenilla, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.898.264, de profesión Ingeniero Industrial, residenciado en el Barrio La Democracia, Calle Santa Ana, Casa s/n, cerca de la Iglesia, Parroquia Las Cocuizas, Municipio Maturín, Estado Monagas, mediante el cual expone, según se lee textualmente: “Solicito a este digno Tribunal se le extienda el Régimen de Presentaciones que hasta los actuales momentos viene cumpliendo de manera sistemática y responsable mi representado JESUS RAFAEL VALLENILLA MARQUEZ, cada Veinte (20) días, según consta de los libros de presentaciones llevados por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, para cada 60 días; en virtud que el mismo me manifestó que es trabajador de la Gran Misión Vivienda Venezuela, y por ende tiene que trasladarse hacia distintos estados del país supervisando obras de interés nacional y le es un poco incomodo viajar con tanta frecuencia hasta esta ciudad y a la vez pedir tantos permisos a su patrono, por tal motivo hago tal solicitud a los fines de proteger la estabilidad laboral de mi defendido, es todo…”

Este Tribunal para resolver observa:
I
En fecha 17 de abril del año 2009, fue presentado por la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Monagas, en audiencia de presentación de detenido JESUS RAFAEL VALLENILLA MARQUEZ, por ante el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Monagas, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana DORIS DOMINGUEZ, a quien se le decreto una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con el Artículo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal con presentaciones por ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada veinte (20) DÍAS, y ratificada en Audiencia Preliminar de fecha Siete (7) de mayo de 2010, por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.
II
Ahora bien, para decidir dicha solicitud, observa este Tribunal que en virtud de la revisión del Sistema de Presentaciones llevada por el Departamento del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, y en la cual se observo que el ciudadano JESUS RAFAEL VALLENILLA MARQUEZ, ha cumplido a cabalidad la obligación impuesta en la resolución de fecha 17 de abril del año 2009, en relación a las presentaciones cada Veinte (20) días por ante el Departamento del Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal del Estado Monagas, aunado al tiempo transcurrido desde que sucedieron los hechos, por lo que considera esta Juzgadora, procedente en derecho es DECLARAR CON LUGAR, la solicitud realizada por el Defensor Publico Segundo Especializado Cesar Guzmán, y en consecuencia se acuerda extender cada Sesenta (60) días el lapso de presentaciones del acusado JESUS RAFAEL VALLENILLA MARQUEZ, venezolano, soltero, natural de la Caripe El Guacharo, Municipio Caripe, Estado Monagas, fecha de nacimiento 09-06-1968, de 44 años de edad, hijo de Virgilia Márquez y Juan Vallenilla, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.898.264, de profesión Ingeniero Industrial, residenciado en el Barrio La Democracia, Calle Santa Ana, Casa s/n, cerca de la Iglesia, Parroquia Las Cocuizas, Municipio Maturín, Estado Monagas en la presente causa. De conformidad al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE.
III
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Impartiendo Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud realizada por el Defensor Publico Segundo Especializado Cesar Guzmán, y en consecuencia se ACUERDA EXTENDER CADA SESENTA (60) DÍAS EL LAPSO DE LAS PRESENTACIONES, del acusado JESUS RAFAEL VALLENILLA MARQUEZ, venezolano, soltero, natural de la Caripe El Guacharo, Municipio Caripe, Estado Monagas, fecha de nacimiento 09-06-1968, de 44 años de edad, hijo de Virgilia Márquez y Juan Vallenilla, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.898.264, de profesión Ingeniero Industrial, residenciado en el Barrio La Democracia, Calle Santa Ana, Casa s/n, cerca de la Iglesia, Parroquia Las Cocuizas, Municipio Maturín, Estado Monagas en la presente causa. De conformidad al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZA EN FUNCIONES DE JUICIO,

ABGA. DULCE LOBATON B.

EL SECRETARIO,

ABG. JULIO GOMEZ R.