REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, once de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: DP11-L-2008-000117

PARTE ACTORA: ciudadana ROSA ELENA RIOBO GARCIA, Cédula de Identidad Nº V-19.874.819.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: PROCURADOR DE TRABAJADORES LUIS DANIEL MALAVÉ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 49.108.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE).
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado IRIS BALENTINA AGUILAR, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 66.175.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy jueves, once de octubre de dos mil doce, siendo las 10:30 a.m, comparecen voluntariamente la ciudadana ROSA ELENA RIOBO GARCIA, cédula de identidad Nº V-19.874.819, debidamente asistida por el abogado LUIS DANIEL MALAVÉ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 49.108 en su carácter de PROCURADOR DE TRABAJADORES y por la demandada INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), la abogada IRIS BALENTINA AGUILAR, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.66.175, y ambas partes solicitan celebrar acto conciliatorio en etapa de ejecución de sentencia en el presente juicio. La ciudadana Jueza, acuerda lo peticionado y declaro abierto el acto. En este estado la parte patronal entrega en este acto cheque a nombre de la trabajadora, signado con el No.45016706 de la cuenta corriente No.01630216362162000005 contra el Banco del Tesoro por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,00), de fecha 14 de septiembre 2012. En este estado la ciudadana ROSA ELENA RIOBO GARCIA, cédula de identidad Nº V-19.874.819, debidamente asistida por el abogado LUIS DANIEL MALAVÉ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 49.108, en su carácter de parte actora, manifiesta que recibe el instrumento mercantil arriba identificado a su entera y cabal satisfacción, no teniendo la parte patronal nada que deberle por los conceptos discriminados en el libelo de demanda.