REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, dieciséis de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: DP11-L-2012-000517
PARTE ACTORA: ciudadana NIRIAN COROMOTO MENDOZA URDANETA, cédula de identidad No.4.552.636.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: LILIAM TORTOLERO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.166.641.
PARTE DEMANDADA: OFICINA COORDINADORA DE LOS SERVICIOS AGROPECUARIOS (O.C.S.A.).
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOHANNA PRIETO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.130.569.
MOTIVO: Beneficios sociales.
En el día hábil de hoy martes, 16 de octubre de dos mil doce, siendo las 10:20 a.m, comparecen voluntariamente la ciudadana NIRIAN COROMOTO MENDOZA URDANETA, cédula de identidad No.4.552.636, debidamente asistida por la abogada LILIAM TORTOLERO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.166.641 y por la demandada OFICINA COORDINADORA DE LOS SERVICIOS AGROPECUARIOS (O.C.S.A), la abogada JOHANNA PRIETO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.130.569, anexa copia el instrumento poder donde consta su representación, ambas partes solicitan celebrar acto conciliatorio en etapa de ejecución de sentencia en el presente juicio. La ciudadana Jueza, acuerda lo peticionado y declaro abierto el acto. En este estado las partes manifiestan que a los fines de poner fin el presente procedimiento, la parte patronal señala que no tiene disponibilidad presupuestaria para efectuar un pago único, por lo tanto ofrece pagar la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 8.500,00) en forma fraccionada, esto es el primer pago por la cantidad de Bs.2.000,00 mediante cheque No. 24688909, contra el Banco BANESCO de fecha 9-10-2012 de la cuenta corriente No.01340417884171029947, lo cual es entregado en este acto a nombre de la trabajadora, y el saldo restante en tres pagos iguales de Bs.2.166,00 para ser entregados en fecha 29 de octubre 2012, 29 de noviembre 2012 y 20 de diciembre de 2012, en actuación conjunta por ante la unidad de recepción de documentos de este judicial a las 10:00 a.m. En este estado la ciudadana NIRIAN COROMOTO MENDOZA URDANETA, cédula de identidad No.4.552.636, debidamente asistida por la abogada LILIAM TORTOLERO, en su carácter de parte actora, manifiesta que recibe el instrumento mercantil arriba identificado y esta de acuerdo con la forma de pago, no teniendo la parte patronal nada que deberle por los conceptos discriminados en el libelo de demanda.
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