REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, veintitrés de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: DP11-L-2012-000376

PARTE ACTORA: ciudadano ALEXANDER JOSE CHAVEZ CORONADO, cédula de identidad No.12.722.632.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RENATA LAYA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 113.285.

PARTE DEMANDADA: MANTENIMIENTO DE SERVICIOS INTEGRAL C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: HEISA CORREA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.101.008.

MOTIVO: Prestaciones sociales y otros conceptos.

En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano ALEXANDER JOSE CHAVEZ CORONADO, cédula de identidad No.12.722.632, debidamente asistido por la abogada RENATA LAYA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 113.285 y por la empresa MANTENIMIENTO DE SERVICIOS INTEGRAL C.A la abogada HEISA CORREA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.101.008, carácter que consta de instrumento poder apud acta que consta al folio 70 de los autos. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto. En este estado ambas partes exponen: Que han decido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos como es la mediación, donde la parte actora manifiesta que el monto demandado fue depurado en relación a los conceptos demandados: vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionados, utilidades, y salarios caídos los cuales fueron computados hasta el día 31-10-2012 y donde la demandada acepta pagar al ciudadano ALEXANDER JOSE CHAVEZ CORONADO, cédula de identidad No.12.722.632, la cantidad de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.32.500,00), correspondientes a las prestaciones sociales e indemnización de despido y salarios caídos demandados, mediante cheque para ser entregado el día 31 de octubre 2012 a nombre del trabajador actor en actuación conjunta por ante la unidad de recepción de documentos del circuito judicial a las 10:00 de la mañana. El ciudadano ALEXANDER JOSE CHAVEZ CORONADO, cédula de identidad No.12.722.632, debidamente asistido por la abogada RENATA LAYA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 113.285, manifiesta que esta conforme con el monto acordado, y por ende la empresa no tiene nada que deberme por concepto de Prestaciones sociales y otros conceptos discriminados en el libelo.