REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua
Maracay, 19 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: DP11-L-2009-000725
ACTA

PARTE ACTORA: ciudadana YULIMAR SEIJAS, titular de la cedula de identidad No. 11.122.326.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado CARLOS ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 85.608.

PARTE DEMANDADA: MUNICIPIO CAMATAGUA DEL ESTADO ARAGUA.


APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados MAURO RAMIREZ, CARLOS CHAVEZ Y WENDY NAVARRO, Inpreabogado Nos. 79.379, 7.856 y 137.819, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara la ciudadana YULIMAR SEIJAS, titular de la cedula de identidad No. 11.122.326., contra MUNICIPIO CAMATAGUA DEL ESTADO ARAGUA. Se constituye el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por la Juez Dra. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS, con la asistencia del Secretario ABG. CARLOS VALERO, y la Ciudadana Alguacil ANDRES RODRIGUEZ, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. El Secretario deja constancia que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes los siguientes ciudadanos: POR LA PARTE DEMANDANTE: NO COMPERECIO NI POR SI, NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL ALGUNO. LA PARTE DEMANDADA: NO COMPERECIO NI POR SI, NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL ALGUNO. La ciudadana Juez, apertura el acto y deja constancia. Vista la situación planteada por la incomparecencia de ambas partes, ni por si ni por medio de apoderado alguno y de conformidad con lo establecido en el articulo 151, ultimo a parte de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara: EXTIGUIDO EL PRESENTE PROCESO con motivo de la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara la ciudadana YULIMAR SEIJAS, titular de la cedula de identidad No. 11.122.326., contra MUNICIPIO CAMATAGUA DEL ESTADO ARAGUA Asimismo se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano CARLOS VELASQUEZ. Dándose por cerrado el presente acto hoy 19 de octubre del año 2012, siendo las 09:15 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ

DRA. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS


EL SECRETARIO

ABG. CARLOS VALERO