REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua
Maracay, 31 de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: DP11-L-2010-001732
ACTA

PARTE ACTORA: Ciudadano LUIS ROBERTO VALERA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.225.812.
(NO COMPARECIO).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogados MIRNA MARIN DE OROPEZA y SIMON MEDINA TOVAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 16.060 y 30.725, respectivamente. (NO COMPARECIO)

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil EL SIGLO C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado BERNARDO RAMO MARRUFO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.713.

MOTIVO: BENEFICIOS SOCIALES.

En el día de hoy, 31 de Octubre de 2012, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de la demanda que por BENEFICIOS SOCIALES, intentara el ciudadano LUIS ROBERTO VALERA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.225.812 contra Sociedad Mercantil EL SIGLO C.A. Se constituye el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por la Juez Dra. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS, con la asistencia del Secretario ABG. CARLOS VALERO, y la Ciudadana Alguacil ANDRES RODRIGUEZ, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. El Secretario deja constancia que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes los siguientes ciudadanos: POR LA PARTE DEMANDANTE: NO COMPARECIO NI POR SI, NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL ALGUNO. LA PARTE DEMANDADA. Su apoderado judicial Abogado BERNARDO RAMO MARRUFO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.713. La ciudadana Juez. Vista la situación planteada por la incomparecencia de la parte actora Ciudadano LUIS ROBERTO VALERA TOVAR, antes identificado, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno y revisada las actuaciones de la causa, observa esta Juzgadora que la partes se encuentran debidamente notificadas en virtud del principio de la notificación única que rige la materia laboral y de conformidad con lo establecido en el articulo 151, Particular Primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara: DESISTIDA LA ACCION en la demanda que por BENEFICIOS SOCIALES, intentara el ciudadano LUIS ROBERTO VALERA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.225.812, contra Sociedad Mercantil EL SIGLO C.A. Asimismo, déjese transcurrir los lapsos de ley a los fines de la interposición de los recursos a que hubiere lugar, una vez vencido se ordenara el cierre y archivo de la causa, se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano CARLOS VELASQUEZ. Dándose por cerrado el presente acto hoy 31 de Octubre del 2012, siendo las 10:45 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ

DRA. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA



EL SECRETARIO

ABG. CARLOS VALERO