REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 27 de septiembre de 2012
202º y 153º
Sentencia Interlocutoria Nº PJ0082012000259.
Asunto AP41-U-2009-000202.
Vista la diligencia de fecha 24-09-2012, suscrita por la abogada Maria Gabriela Vergara Contreras, actuando en su carácter de Sustituta de la Ciudadana Procuradora General de la Republica, mediante la cual expone lo siguiente:
“Visto que el Tribunal por auto de fecha 26 de julio de 2012, ha declarado definitivamente firme la sentencia Nº PJ0082010000158 de fecha 16 de Diciembre de 2010, solicito se fije el lapso previsto en el articulo 280 del Código Orgánico Tributario, lo cual seria menos de tres (3) días de despacho ni mayor de diez (10) días para que la parte vencida efectué el cumplimiento voluntario”
En virtud de lo anterior este tribunal de conformidad con el Artículo 280 del Código Orgánico Tributario, siendo que la sentencia dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18-04-2012, se encuentra definitivamente firme, DECRETA su ejecución voluntaria en los siguientes términos: UNICO: Se fija un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste autos su notificación, para que la contribuyente RANKE C.A., efectué el cumplimiento voluntario de la sentencia, cuyo dispositivo es del tenor siguiente: “1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil RANKE C.A., contra la sentencia Nº PJ00820100000158 dictada por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 16 de diciembre de 2010, la cual SE CONFIRMA 2.- DESESTIMA la solicitud de “reintegro” de las cantidades presuntamente “pagadas en exceso”. Se condena en costas procesales a la contribuyente, calculadas en el equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del recurso contencioso tributario, de conformidad con lo previsto en el articulo 327 del Código Orgánico Tributario de 2011.”
Líbrese boleta de notificación a la contribuyente.
La Jueza Superior Titular
Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Titular
Abg. Cristel Angelina Peinado Mendoza.
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