REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)
Maracay, veinte (20) de septiembre de 2012


Por cuanto en fecha diecinueve (19) de septiembre de 2012, venció el lapso de promoción y evacuación de pruebas en la presente causa, este Juzgado Superior Agrario, declara formalmente cerrado el mencionado lapso y se fija para el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las dos de la tarde (02:00 p.m.), la oportunidad para que tenga lugar una Audiencia Oral, de conformidad con lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a los fines de que las partes expongan los Informes correspondientes.
EL JUEZ


ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO


ABG. LUÍS ABREU GUERRERO



EXP. - JSAAC- 2011-00222
HBC/Lag/jg