En el día de hoy 25 de Septiembre de 2012, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Prolongada, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA que:

Anunciada como fue la audiencia por los alguaciles de este Circuito Judicial laboral, se deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes en el presente procedimiento, quienes no asisten el día de hoy ni por si, ni por medio de representante legal o estatuario alguno.
.
Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”