En el día de hoy 27 de Septiembre de 2012 siendo las 02:00 horas de la tarde, comparecen por ante éste despacho el Ciudadano: ROBIN STARSKY PIÑERO ESLAVA, titular de la Cédula de Identidad Número V.- 13.570.829, asistida por la abogada en ejercicio Abg. NORA CONSUELO GUERRERO DE ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Número 4.230.184, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 78.374, en su condición de parte demandante, y la abogada MARINELA VERA DE HIGUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 78.683 en su condición de apoderada judicial de la parte demandada Entidad de Trabajo STANHOME PANAMERICANA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 23/04/1973, bajo el Número 33, Tomo 49-A., según consta de Instrumento Poder que presenta a la vista y devolución procediéndose a consignar una copia a las actuaciones, quienes solicitan a la Ciudadana Juez, que actuando conforme a lo establecido en los artículo 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y articulo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se sirva celebrar una audiencia especial en virtud del acuerdo alcanzado por ellas. Acto seguido la Ciudadana Jueza acuerda lo solicitado y procede a dar inicio a la Audiencia explicando a las partes el uso de los medios alternativos de solución de conflictos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado, dejándose constancia de que ambas partes deciden conciliar el presente asunto, conforme lo establece el Artículo 19 de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Trabajadores acorde con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y lo hacen en los términos siguientes: La parte demandada con el objeto de poner fin al presente procedimiento, manifiesta cancelar la suma de SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 74.876,84), que comprende los conceptos demandados en este expediente. Por su parte pide la palabra la parte demandada quien pide al actor ROBIN STARSKY PIÑERO ESLAVA que de fe ante este Tribunal haber recibido las Prestaciones Sociales y demás conceptos inherentes de su relación laboral, tal como consta en copia simple del cheque el cual se verifica estar debidamente firmado por el mismo con sus huellas dactilares. El Tribunal pregunta al actor la veracidad de lo narrado por la parte accionada respecto a las Prestaciones Sociales y demás conceptos inherentes a la relación laboral. Por su parte el actor manifiesta ser ciertos tales hechos y que por esos conceptos recibió la cantidad de Bs. 175.123,16.
Ahora bien, el pago de las Indemnizaciones Inherentes a el Accidente y/o Enfermedad Ocupacional, en un pago único para el día de hoy mediante un cheque signado con el Número 10238292, a nombre de la parte demandante ROBIN STARSKY PIÑERO ESLAVA, contra la Cuenta Corriente Número 0108-0054-40-0100003028 0 cuyo titular es la demandada y del Banco Provincial. Acto seguido, presente en el acto la parte demandante, ROBIN STARSKY PIÑERO ESLAVA, asistida por la Abogada Asistente, manifiesta que acepta el ofrecimiento formulado en este acto por la entidad de trabajo demandada en las condiciones antes expuestas, recibiendo en este acto el Cheque antes mencionado. Seguidamente, la ciudadana Juez, deja expresa constancia que las exposiciones contenidas en la presente acta fueron formuladas libre de constreñimiento alguno y en virtud de que el acuerdo alcanzado por las partes no es contrario a derecho.