REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEL

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Cinco (05) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-000683
PARTE ACTORA: CARLOS CONTRERAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HEIDY DORALYS GONZALEZ.
PARTE DEMANDADA: PROTECCION 2050, C.A, y ARMANDO JESUS AGUSTINI DIAZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NADIUSKA CARRERA ALBORNOZ y OTROS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.


En el día hábil de hoy, cinco (05) de abril de dos mil trece, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno, asimismo se deja constancia la comparecencia de la parte demandada, PROTECCIÓN 2050, C,A; a través de su apoderada judicial ciudadana NADIUSKA CARRERA ALBORNOZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 83.883, conforme consta de poder que presenta en original y copia para su certificación, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado (6º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja transcurrir el lapso de cinco (5) días a los fines de la interposición del recurso correspondiente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 202 °.
La Juez

Abg. Carolina Chakian Mayarllan

El Secretario

Abg. Marcial Mecia

La Presente