ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004162
PARTE ACTORA: CARLOS ENRIQUE PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PEREZ ALEXANDER, FRANIA BASTARDO, MARCIAL VARGAS., REINALDO GONZÁLEZ
PARTE DEMANDADA: SUPER STRAWBERRY C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARCELINO DE FREITAS y RAFAEL SANTELIZ ANGULO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
Hoy, 2 de abril de 2013, siendo las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron ante este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, el abogado en ejercicio ALEXANDER PEREZ, IPSA Nros. 63.145 , en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, según documento poder que riela en autos. Por la demandada, comparece el ciudadano ALVARO DE SOUSA DOS RAMOS, titular de la cédula de identidad Nro. E- 1.033.977 en su carácter de Director Administrativo de la demandada, debidamente representado por los abogado en ejercicio RAFAEL SANTELIZ ANGULO y MARCELINO DE FREITAS, IPSA Nros. 28.045 y 84.964, respectivamente, en su carácter de apoderados según documento poder que riela en autos, dándose así inicio a la audiencia. Ambas partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La parte actora reclama en su libelo Antigûedad artículo 141 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; intereses, vacaciones y bono vacacional pendientes y fraccionados, periodos 2010/2011, 2011/2012, 2012/2013, utilidades fraccionadas; horas extras, indemnización por terminación de la relación de trabajo por causas ajenas al trabajador, intereses de mora e indexación. Existen hechos controvertidos entre las partes en cuanto al trabajo en horas extras, salario base de cálculo, forma de cálculo de la indemnización por terminación de la relación de trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador. Asimismo, la parte actora recibió anticipos de prestaciones sociales. Ambas partes en aras de la autocomposición procesal y a los fines de dar por terminado el presente juicio, acuerdan que la parte demandada cancele a la parte actora la suma total de Bs. 100.000,00 a cancelar en 6 partes, la primera de Bs. 25.000,00 en fecha 29 de abril de 2013 y la cantidad restante en 5 pagos mensuales consecutivos de Bs. 15.000,00 cada uno, a partir del 31 de mayo de 2013, mediante cheques a nombre del trabajador, ante la URDD de este Circuito. El apoderado judicial de la parte actora manifiesta que una vez recibido el último pago ofrecido, su representado no tiene nada más que reclamar a la demandada por lo que otorga el más amplio finiquito de ley. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, y el acuerdo transaccional no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, fue celebrado por personas debidamente facultadas para ello, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, y se efectúa para dar por terminado el presente juicio, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se hacen dos ejemplares uno para el copiador y otro para el expediente. Se deja constancia de la devolución de las pruebas promovidas. Una vez conste en autos el último pago se ordenará el cierre y archivo del expediente.-
La Jueza
La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Dorimar Chiquito
Parte actora Parte demandada
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