DECRETO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 23 de Abril de 2.013
203° y 154°
A los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en esta fecha en el Cuaderno Principal, se abre el presente Cuaderno de Medidas.
En consecuencia este Tribunal de conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Tribunal decreta:
PRIMERO: La retención sobre el cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales, que pudieren corresponder al ciudadano YODIN JESUS CARRILLO MANTILLA, titular de la cédula de identidad N° 10.748.355; quien labora en la Empresa UNICON C.A., la cual esta ubicada en la Zona Industrial de la Victoria, Estado Aragua.-
SEGUNDO: Se ordena la retención de la quinta parte (1/5) de las Utilidades o Aguinaldos de fin de año, a las que se haga acreedor el ciudadano ya nombrado, a los fines de cubrir los gastos navideños, los cuales deben ser entregados al ser efectivo su pago, a la Ciudadana MORELIS MORALES SENA, titular de la cédula de identidad N° 15.470.831, de este domicilio, quien actúa en su propio nombre y en representación su (s) hijo (s) ********,///////////////// y --------------.- TERCERO: Se ordena la retención del equivalente de la quinta parte (1/5) del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, como Obligación de Manutención Provisional.- CUARTO: A los fines de hacer efectivo el descuento y pago del segundo y tercer concepto, se anexa copia de la libreta ahorro, a fin que se practiquen los depósitos de los montos retenidos en la misma. QUINTO: Se ordena que dicha Institución se sirva enviar a este despacho, a la mayor brevedad posible, la constancia del sueldo total con las asignaciones y deducciones, antigüedad y beneficios contractuales, del ciudadano antes mencionado. Líbrese oficio.-
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. MAIRA ZIEMS
LA SECRETARIA
ABG. JHEYSA ALFONZO
EN LA MISMA FECHA SE LIBRARON OFICIOS.-
LA SECRETARIA
MZ/JA/ga
EXP N° 24.167
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