REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)
Maracay, veintidós (22) de abril del año (2013)


Vista la diligencia suscrita por el Abogado Argenis José González Salas, en fecha dieciocho (18) de abril del año en curso, mediante la cual solicita la realización de un computo de los días de despacho transcurridos para la promoción y evacuación de pruebas, este Tribunal evidencia que el día dieciocho (18) de abril del presente año transcurrió el ultimo día de despacho de dicho lapso, en consecuencia este Juzgado Superior Agrario, declara formalmente cerrado el mencionado lapso y fija la Audiencia Oral de Informes para el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), de conformidad con lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a los fines de que las partes expongan los Informes correspondientes.
EL JUEZ


ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO


ABG. LUÍS ABREU GUERRERO



EXP. - JSAAC- 2010-0021.
HBC/Lag/Vs