REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
Maracay, veinticuatro (24) de abril del año dos mil trece (2013)
(203° y 154°)
En horas de despacho del día de hoy, veinticuatro (24) de abril del año dos mil trece (2013), siendo las once u treinta minutos de la mañana (11:30.a.m.), del día fijado por este Tribunal mediante auto de fecha diecisiete (17) de abril de 2013, en el expediente signado bajo el numero relacionado 2013-0266, mediante el cual se pauto llevar a cabo el traslado de este Juzgado Superior Agrario al predio denominado “Haras la Primavera” ubicado en el Asentamiento Campesino Caño Rico, Sector Caño Rico, Parroquia Magdaleno, Municipio Ezequiel Zamora del estado Aragua; para realizar una Inspección Judicial a solicitud de la empresa Social Alimentos Aragua Socialista (A.L.A.S) S.A.; Ahora, en virtud de la incomparecencia de la abogada Carla Yesenia Rondell Castellano, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.954.595, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 154.026, apoderada judicial de la empresa Social Alimentos Aragua Socialista (A.L.A.S), S.A., este Juzgado Superior Agrario deja expresa constancia que en virtud de ello no se logró realizar la Inspección Judicial acordada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR A. BÉNITEZ CAÑAS
EL SECRETARIO
ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
Exp. 2013-0266
HBC/Lag/mn