REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 154°)

Maracay, ocho (08) de abril del año 2013

EXP.- JSAAC- 2012-0231

Vista la decisión de fecha siete (07) de diciembre del año 2012, la cual declaro improcedente la Medida Oficiosa Innominada de Protección Agraria en virtud de la denuncia realizada por la ciudadana Yarelis Sánchez Peña, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad Nº V-13.706.976, y visto que ya han transcurrido los lapso para ejercer los recursos correspondientes en la presente decisión, este tribunal ordena la remisión del presente expediente en su forma original al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Cúmplase
EL JUEZ

ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS

EL SECRETARIO

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO


EXP. - JSAAC- 2012-0231
HBC/Lag/jb