REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

Turmero, 21 de mayo de 2.013
203° y 154°

Vista la solicitud de Medida Cautelar Innominada de Protección, presentada en esta misma fecha, por el ciudadano MIGUEL FERMIN ESCOBAR MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.727.235, domiciliado en el sector Rosario de Paya, Primero de Mayo Norte, Parcela N° 27, El Naranjal, del Municipio Mariño del estado Aragua, asistido por la Defensora Pública Primera Suplente en Materia Agraria del estado Aragua, abogada Tatiana A. Blanco Aponte; en contra de las ciudadanas ELIANA ORTA y CARMEN ALVARADO, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-19.417.306 y V-8.728.006; este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, ADMITE la solicitud de Medida Innominada de Protección, y de Inspección Judicial en la referida parcela cuyos linderos son: NORTE: Cerro Henrry Pittier; SUR: Río Paya; ESTE: 1° de Mayo Sur; OESTE: Las Palmas; acompañado de un experto, a los fines de constatar lo que la parte actora solicita a continuación:

“(…) La continuidad de la producción vegetal desarrollada por mi representado, el agricultor MIGUEL ESCOBAR, o su no interrupción (…) requerimos en cautela la continuidad de la producción agroalimentaria en virtud del resguardo, respecto del bien jurídico constitucionalmente consagrado (…) requerimos se extienda el decreto de la medida solicitada a la infraestructura constituida por el lote de terreno y sus bienhechurias ya descrito y sobre la cual se encuentra la siembra, a fines de conservar su naturaleza productiva, o lo que es igual la protección de la vocación de uso agrícola de la tierra que ocupo, y se realice la Inspección Técnica a fin de corroborar lo aquí expuesto (…)”. Cursivas de esta Instancia Agraria.

En consecuencia acuerda fijar la práctica de la referida Inspección Judicial para el día viernes veinticuatro (24) de mayo de 2.013, a las ocho de la mañana (08:30 a.m.) cuando se constituirá “in situ” este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el lote de terreno ubicado en el sector Rosario de Paya, Primero de Mayo Norte, Parcela Nº 27, El Naranjal, del Municipio Mariño del estado Aragua. Para ello, se designa como práctica a la ciudadana KARLENA BELLO BENAVENTA, Ingeniera Agrónoma venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.512.410, la cual deberá manifestar la aceptación del cargo y se proceda a su correspondiente juramentación. Asimismo, se acuerda oficiar al Destacamento Nº 21 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, a objeto que preste la colaboración y asigne a tres (03) funcionarios para que acompañen a este Juzgado Agrario en la práctica de dicha Inspección Judicial. Se acuerda oficiar a la Dirección Administrativa Regional-Aragua, en el sentido de solicitar su colaboración para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal. Publíquese, líbrense oficios y entréguesele al Alguacil para su cumplimiento.
La Jueza,
ABG. YOLIMAR HERNANDEZ FIGUERA.
La Secretaria,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ.
Sol. Nº 2.013-0028
YHF/dvr/abd.-