ASUNTO: DP11-L-2012-001811

ACTA

PARTE ACTORA: Ciudadano ORLANDO JOSE REQUENA ORTEGA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.255.818
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogada MAGALLY TOVAR, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.139.971, I.P.S.A. Nro. 187.624
PARTES DEMANDADAS: BZS VENEZUELA S.A.
APODERADOS/AS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado BRIGIDO GONZALEZ y ZARAY CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.245.593 V- 10.102.065, I.P.S.A. Nro. 68.839 y 62.923.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.-


En el día de hoy 09 de Abril de 2013, siendo las 08:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Prolongada en el presente proceso, comparecen en su condición de partes en este procedimiento las personas arriba señaladas. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad CINCUENTA Y SIETE MIL SETENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y UN CENTIMOS (Bs. F. 57.078,81), DE LA SIGUIENTE MANERA: DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 17.357,00) para ser pagado EL DÍA 16 DE ABRIL DEL CORRIENTE AÑO, EN LA SEDE DEL Tribunal a las 09:00 am., a través de cheque elaborado a nombre del Trabajador ORLANDO JOSE REQUENA ORTEGA y la diferencia A SOLICITAR LA ENTREGA DE LA libreta de ahorro aperturada a razón de OFERTA REAL DE PAGO, llevada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, en el Expediente Nro. DP11-S-2013-000039. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 92 de la Ley Orgánica del Trabajo vigente, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales y la Indemnización de la Cláusula 47 de la Convención Colectiva de la Construcción. En éste estado la Parte Actora representada en este acto por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que una vez cumplido lo acordado en la presente acta, la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por las prestaciones sociales ni por los demás derechos inherentes de la Relación Laboral DE SU MANDANTE. Este Tribunal declarara concluida la Audiencia Preliminar y así mismo deja expresa constancia que por cuanto esta acta es producto de la voluntad libre, conciente y espontánea expresada por las partes y en virtud de dicho acuerdo no es contrario a derecho y ha sido la conclusión de un proceso de mediación y conciliación dirigido por éste Tribunal se imparte en éste acto la HOMOLOGACIÓN JUDICIAL, al acuerdo alcanzado por las partes en éste proceso, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, instando a las partes ha cumplir de buena fe el acuerdo alcanzado y asentado en la misma. Asimismo, se les hace entrega en este acto a las partes las pruebas promovidas al inicio de la audiencia preliminar, firmando ambas partes el acta en señal de conformidad. El Tribunal deja constancia que en virtud del acuerdo alcanzado una vez que conste en autos que se ha dado total cumplimiento del pago convenido entre las partes en la audiencia preliminar, se ordenará el cierre y archivo del expediente. Finalmente la ciudadana Jueza, ordena oficiar y agregar a la misma copia certificada de la presente acta al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, en el Expediente Nro. DP11-S-2013-000039, a fin de hacer la entrega de la misma en virtud de la presente mediación, E INFORMAR A ESTE DESPACHO DEL CUMPLIMIENTO DE LO SOLICITADO y así mismo se declara concluida la audiencia preliminar y ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 09:15 a.m. de hoy 09 de Abril de 2013. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. -