REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 16 de Agosto de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-006630
ASUNTO : NP01-P-2009-006630
Por cuanto de la revisión de las actuaciones observa esta instancia que cursa a los autos oferta de Trabajo verificada por el Tribunal relativa al penado: KELVIS MOISÉS DÍAZ GONZÁLEZ titular de la Cedula de Identidad numero V-20.422.869 y asimismo se observa que ha sido remitido el Informe psicosocial ordena a practicársele al citado ciudadano a tal efecto es por lo que esta Instancia a establecer las siguientes consideraciones:
ÚNICO
Por cuanto en esta misma fecha se advierte esta instancia que cursa a los autos oferta de Trabajo verificada por el Tribunal relativa al penado: KELVIS MOISÉS DÍAZ GONZÁLEZ titular de la Cedula de Identidad numero V-20.422.869 y asimismo se observa que ha sido remitido el Informe psicosocial ordena a practicársele al citado ciudadano: KELVIS MOISÉS DÍAZ GONZÁLEZ titular de la Cedula de Identidad numero V-20.422.869 y como quiera este tribunal, requiere a los fines de decidir respecto al citado beneficio, se cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos, corroborándose que no ha sido remitido el informe psicosocial, en consecuencia se ACUERDA DIFERIR EL PRONUNCIAMIENTO, en cuanto a la formula alternativa de cumplimiento de pena a la cual opta el ciudadano: penado: KELVIS MOISÉS DÍAZ GONZÁLEZ titular de la Cedula de Identidad numero V-20.422.869, hasta tanto cursen a los autos la totalidad de los requisitos exigidos por la ley para la procedencia del beneficio antes mencionado, a tal efecto se ordena requerir a la coordinación Regional Región Oriental de Clasificación y atención Integral remitan con carácter de Urgencia el Informa Psicisocial relativo al ciudadano: KELVIS MOISÉS DÍAZ GONZÁLEZ titular de la Cedula de Identidad numero V-20.422.869. Y ASÍ SE DECLARA. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZA
ABG ROSMELYS ROJAS BARRETO.
LA SECRETARIA
ABG YORGELYS RENDÓN.