REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, catorce de Agosto de dos mil trece
203° y 154°
Visto el escrito suscrito por la ciudadana AGLAE TIRADO AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 584.872, debidamente asistida por la abogada en ejercicio AURA CELINA CABELLO COA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.343.480, de este domicilio, actuando con el carácter de parte demandada, en el presente juicio, mediante el cual hace oposición a la partición, al respecto el Tribunal observa, lo siguiente:
Establece el artículo 775 del Código de Procedimiento, lo siguiente:
“Si algún acreedor de la herencia hiciere oposición a que se lleve a cabo la partición, o a que se paguen los legados, mientras no se le satisfaga su acreencia, el Tribunal ordenará la citación de los herederos y la de los legatarios, si a ellos se refiere la oposición, para que den su contestación en el quinto día siguiente y si hubiere lugar a juicio, se sustanciará y decidirá conforme al procedimiento que corresponda por razón de la cuantía…”
La parte demandada fundamenta su Oposición en que no ha mantenido con el demandante (hermano), ninguna comunidad relacionada con la sucesión de su fallecida hermanada TATIANA TIRADO AVILA, y niega, rechaza y contradice la demanda en todas y cada una de sus partes por ser falsos los hechos alegados y alega que la propietaria del bien objeto de la presente acción es de la ciudadana ATAIDE JOSEFINA TIRADO ACOSTA; se acuerda la citación de la ciudadana ATAHIDE JOSEFINA TIRADO ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.898.391, para que comparezca ante este Tribunal al quinto día de Despacho siguientes a su citación, a dar contestación a la presente demanda. Líbrese compulsa
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA
En esta misma fecha se libró la compulsa ordenada. Conste.
La Stria.
EXP. 33.125
|