REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 1

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 1

Caracas, 13 de agosto de 2013
203º y 154º

DESPACHO SANEADOR
JUEZ PONENTE: DRA. ANIELSY ARAUJO BASTIDAS
CAUSA Nº 3078


Por recibidas las actuaciones procedentes de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, contentivas de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los profesionales del derecho Omar Riobueno y Yolanda Marglene Pereira, a favor de los ciudadanos Luís Cuenca Maldonado y Mauro Quintero Uzcátegui, esta Sala antes de pronunciarse sobre la admisibilidad o no de la misma, procede conforme a lo preceptuado en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y a lo establecido en la Sentencia Nº 7 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 1º de febrero de 2000 (caso: José Armando Mejias), a ORDENAR que la parte actora subsane las omisiones siguientes:

1.- De conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, deberá expresar ante esta Alzada:

6.- (omissis)…cualquiera explicación complementaria relacionada con la situación jurídica infringida a fin de ilustrar el criterio jurisdiccional.

Todo ello por cuanto de la revisión de la presente Acción de Amparo Constitucional, no se observan tales recaudos.

Es por lo que los accionantes, deberán dar cumplimiento a lo aquí ordenado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la publicación del presente auto, en el caso de que los mismos no cumpla dentro del lapso legal establecido, la Acción de Amparo será declarada inadmisible, conforme a lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Líbrese la correspondiente boleta de notificación. CUMPLASE.

LOS JUECES PROFESIONALES



DRA. EVELIN DAYANA MENDOZA HIDALGO
Presidente




DR. JIMAI MONTIEL CALLES DRA. ANIELSY ARAUJO BASTIDAS
Ponente


LA SECRETARIA

ABG. JHOANA YTRIAGO

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA

ABG. JHOANA YTRIAGO

EDMH/JMC/AA/JY/emy
Causa N° 3078