REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, doce (12) de agosto de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO : AP51-J-2013-002310
SOLICITANTE: IRIS DEL CARMEN MELEAN LEON, titular de la cédula de identidad Nro. 5.854.849.
MOTIVO: HOMOLOGACION DE TRANSACCION
Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada ANDREA CIMINO MARCANO, inscrita en el IPSA bajo el Nro 130.023, actuando en representación del adolescente EDINSON OMAR CARRIZALES MELEAN, titular de la cédula de identidad Nro V- 26.624.349, de dieciséis años de edad, mediante la cual consignan transacción que fuera celebrada por el prenombrado adolescente y LA EMPRESA donde prestaba servicios su progenitor ( PETROLEOS DE VENEZUELA), este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se HOMOLOGA dicha transacción en los mismos términos, fines y condiciones en que fue suscrito, le imparte su aprobación y la da por consumada. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, a los doce días del mes de agosto de 2013. Años 203° y 154°
EL JUEZ,

Abg. ALCIDES ROBLES GORDILLO
LA SECRETARIA,

Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.