REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 13 de Agosto de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2011-000870
ASUNTO : NP01-S-2011-000870
Corresponde a este Tribunal emitir pronunciamiento en cuanto a la solicitud de fecha 13 de agosto de 2013, interpuesta por el abogado CESAR GUZMAN, Defensor Público Especializado del acusado ciudadano JOSE ALCIDES CABANIEL PALMARES, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.254.083, donde manifiesta que se ordene el traslado de su defendido hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, a los fines de que sea examinado por un medico o medica ya que requiere curas toda vez que fue agredido por otro privado de libertad, presentando heridas punzo cortantes, ya que siente mucho dolor en las heridas a pesar que fue traslado y atendido en su oportunidad; en tal sentido es deber indeclinable del estado proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 83 Ejusdem la salud es un derecho social fundamental y el Estado debe garantizarla como parte del derecho a la vida. Por todas las razones de derecho antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER en aras de garantizar el Derecho Constitucional a la Salud previsto en el articulo 83 de nuestra Carta Magna Acuerda: el traslado del acusado ciudadano JOSE ALCIDES CABANIEL PALMARES, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.254.083, hasta el Hospital Universitario “Dr. Manuel Núñez Tovar”, de esta ciudad de Maturín estado Monagas a los fines de que sea atendido y evaluado por médico o médica de guardia. Hágase lo Conducente. Cúmplase.
La Jueza Primera de Juicio,
Abga. Dulce Lobatón B.
La Secretaria del Tribunal,
Abga. Rosmarquis Tabata.