REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
203º y 154º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-002949
PARTE ACTORA: ROBERTO ANTONIO MILLAN ROSAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL
MOTIVO:

En el día hábil de hoy dos (2) de diciembre de dos mil trece (2013), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron las abogadas LUISA ALCALA y ELINET CARDOZO inscritos en el inpreabogados bajo los números 69.300 Y 59.061, respectivamente, apoderadas judiciales de la Parte Demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL representación que acredita mediante presentación de instrumento poder en copia para su consignación; se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano ROBERTO ANTONIO MILLAN ROSAL venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 3.425.497, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 ° y 203 °.

El Juez
Leticia Morales Velásquez



Apoderada Judicial de la Parte Demandada





El Secretario

Manuel Lípez