REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cuatro (4) de diciembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: AP21-S-2013-003162

Vista la diligencia de fecha 29 de noviembre de 2013, suscrita por la abogada VANESSA ROSSI, IPSA No. 91.445, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente Entidad de Trabajo MANT-HIDROELECTRIC, C.A., mediante la cual desiste formalmente tanto de la acción como del procedimiento judicial tramitado mediante oferta real de pago presentada por Entidad de Trabajo MANT-HIDROELECTRIC, C.A., la cual se dio por recibida en fecha 21 de noviembre de 2013. Verificados los extremos legales y constatados que la Apoderada antes mencionada está facultada para obrar de esa forma, según consta de Instrumento Poder que riela a los folios 07 al 09 ambos inclusive, tal pedimento debe considerarse como Desistimiento del Procedimiento. Asimismo, vista la solicitud de la devolución de los recaudos anexos a la Oferta Real de Pago, este Tribunal acuerda dicha devolución, ordenándose el desglose de los mismos.
En consecuencia por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente explanados este despacho HOMOLOGA el Desistimiento del Procedimiento en la Oferta Real de Pago presentada por la Entidad de Trabajo MANT-HIDROELECTRIC, C.A., a favor de la ciudadana MARIA CRISTINA CASTRO GONZÁLEZ. Asimismo, se ordena el cierre informático y archivo definitivo del expediente. ASI SE ESTABLECE.-

ABG. FRANKLIN PORRAS MENDOZA
JUEZ


ABG. MARIO COLOMBO
SECRETARIO

FPM*MC*eg




Quien suscribe, Abg. Mario Colombo, Secretario adscrito al Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que aquí corrió inserto desde el folio Nro 07 al folio 75 ambos inclusive, documentación presentada por la Apoderada Judicial de la parte Oferente Abg. VANESSA ROSSI, IPSA N° 91.445, los cuales se ordenó desglosar de conformidad con el auto dictado en esta misma fecha, a los fines de su devolución. En Caracas, a los cuatro (04) días del mes de diciembre de dos mil trece (2013). 203° y 154°


EL SECRETARIO

Abg. MARIO COLOMBO