REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, dieciocho de diciembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO : AP51-J-2013-024389
SOLICITANTE: ONILDE JOSEFINA FIGUERA, titular de la cédula de identidad Nro V- 9.916.949.
MOTIVO: CURATELA.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ONILDE JOSEFINA FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.916.949, así como la aceptación y juramentación realizada por el Curador Ad Hoc designado, ciudadano RENY SAMUEL RIVAS FIGUERA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 23.635.467, esta Jueza Quinta (5to.) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescentes, DISCIERNE EL CARGO DE CURADOR AD-HOC al prenombrado ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil Venezolano, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo, por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. Asimismo, se deja expresa constancia de que el niño ------- de edad, no posee bienes de fortuna. A tal efecto, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese al solicitante, para lo cual se INSTA a consignar los fotostatos respectivos. Cúmplase.
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,
Abg. ROBSY RIVAS.
|