REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN y SUSTANCIACIÓN
Caracas, 17 de diciembre de 2013
203° y 154°
ASUNTO: AP51-J-2011-009376
SOLICITANTE: LIDIA CONSUELO VASQUEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 6.372.444
BENEFICIARIA: DAYANA DOLORES DEL VALLE PAZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 25.032.577
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR.
Revisadas las actas que conforman el presente asunto de AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR, y visto igualmente que la beneficiaria de la presente solicitud, DAYANA DOLORES DEL VALLE PAZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 25.032.577, cumplió la mayoría de edad este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, CONCEDE AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR LA CUOTA PARTE QUE LE CORRESPONDA a la joven DAYANA DOLORES DEL VALLE PAZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 25.032.577, de los haberes depositados en la cuenta de ahorros N° 0003-0081-19-0100492240 del Banco Industrial de Venezuela. ASÍ SE DECIDE.
En consecuencia, ofíciese a la OFICINA DE CONTROL DE CONSIGNACIONES (O.C.C.) a los fines de que se sirvan realizar los trámites conducentes. Igualmente se ordena el CIERRE Y ARCHIVO de la presente causa.- Cúmplase.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada firmada y sellada en el Juzgado Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Caracas, a los diecisiete (17) días del mes de Diciembre del año dos mil trece (2013). Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-
LA JUEZ
ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
ABG. MARJORIE DIAZ
LCD/MD/Brey*
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