REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Dieciocho (18) de Diciembre de Dos Mil Trece(2013)
203º y 154º

ASUNTO: AP31-S-2013-011862

Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos GABRIEL ENRIQUE ESCALONA VIVAS y VERONICA CASTILLO LE MAITRE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad números V-16.005.136 y V-17.440.690, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado LEOBARDO SUBERO RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.042, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos, GABRIEL ENRIQUE ESCALONA VIVAS y VERONICA CASTILLO LE MAITRE, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 12/12/2013, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ

NELSON GUTIERREZ CORNEJO
LA SECRETARIA,

ERICA CENTANNI SALVATORE