En el día de hoy 12 de Diciembre de 2013, siendo las 10:00 a.m., previa solicitud de ambas partes de anticipar la audiencia preliminar, se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora en la persona del ciudadano HAIRO ABRAHAM CHAVEN RIVERO, Cedula de identidad Nro. V- 5.280.994; asistido del Abogado KIRG LEWIS GUZMAN USECHE, Cedula de identidad Nro. V- 11.986.211 Inpreabogado Nro. 149.510; y por la parte demandada, quien se da por notificada en este acto, comparece la Apoderada Judicial Abogada ROXANA ICIARTE, Cedula de identidad Nro. V- 4.553.057, Inpreabogado Nro. 17.520, tal como consta en Poder Judicial que consigna en tres (03) folios útiles, previa presentación del original a modo vivendi. Las partes expresan a este Juzgados que renuncian a los lapsos de ley de acuerdo a la fase que se encuentra el presente asunto. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de terminar con el presente procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES CON CENTIMOS (Bs. F. 700.000,00), para ser pagado en éste mismo acto, a través de cheque dos (02) cheques Nros. 80976190 y 55976191, por las cantidades Bs. 610.000,00 y 90.000,00 respectivamente, fechados ambos 6/12/2013, elaborados a nombre del Trabajador HAIRO ABRAHAM CHAVEN RIVERO, girado contra la cuenta de la Demandada Nro. 0105 0100 80 1100002502, del Banco Mercantil, Banco Universal. Dejando expresa constancia que en virtud que el trabajador renunció el día 09/12/2013, y por cuanto la empresa le ofreció darle cumplimiento al pago de las Prestaciones Sociales y demás Derechos inherentes de la Relación Laboral el día de hoy y previa revisión con su abogado del Finiquito y manifestación de conformidad de los calculos expresados en el referido finiquito que consignan copia del mismo y asi mismo dar cumplimiento al pago acordado por los conceptos demandados en este expediente los cuales son: las indemnizaciones Subjetiva consagrada en el Art. 130 Numeral 4to. de la Ley Orgánica de Prevensión Condiciones y Medio Ambiente del trabajo, la Responsabilidad Objetiva, y el Daño Moral. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderado Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que ciertamente renunció el día 9/12/2013, y que acepta en este acto el pago por concepto de las Prestaciones Sociales y demás derechos inherentes de la Relación Laboral, a petición de mi persona a este Tribunal, así como por los conceptos demandados en este expediente y nada queda a deber la demandada por estos ni por las Prestaciones Sociales y demás derechos recibidos en este acto.