REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto Superior Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta y uno (31) de enero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-R-2013- 000034
Vista la diligencia presentada en fecha 29 del presente mes y año, por la abogada MARIELA MARTINEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte DEMANDADA recurrente, mediante la cual procede a DESISTIR del recurso de apelación ejercido en contra de la SENTENCIA dictada en fecha 20/12/2012, por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. En consecuencia, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, previa revisión del instrumento poder cursante a los folios 27 y 28 del presente expediente, en el cual se evidencian las facultades de la prenombrada abogada, imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva, en tal sentido, se deja expresa constancia que por cuanto en el presente caso estamos en presencia de una apelación conjunta, este Tribunal continuara conociendo de la apelación ejercida por la parte actora recurrente. ASÍ SE DECIDE.
Dra. Felixa Isabel Hernández León
La Juez Titular
La Secretaria
Abg. Ana V. Barreto
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