REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 25 de enero de 2013
202° y 153°
ASUNTO N°: AP21-L-2012-005021
PARTE ACTORA: NERISON ARIAS
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: Carlos Bolivar
PARTE DEMANDADA: CENIZA MINIMALIST STYLE, C.A.
APODERADOS JUDICIALES PARTE DEMANDADA: Emerian Carvajal, Alfonzo Contreras
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
Visto el escrito de Transacción de fecha 18 de diciembre de 2012, suscrito por los ciudadanos Emerian Carvajal, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.240 y Alfonzo Contreras, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.577, representantes judiciales de CENIZA MINIMALIST STYLE, C.A., parte demandada y por la otra parte el ciudadano NERISON ARIAS, titular de la cedula de identidad numero V-14.000.570, parte actora, asistido en este acto por el Abogado Carlos Bolivar, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 122.834, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte demandada la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES SIN CENTIMOS (Bs. 55.000,oo). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, discutidos como han sido los conceptos a transigir y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, y 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Expídanse copias certificadas.
La Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Arturo Yaggia
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