ASUNTO: AP21-L-2012-004320
PARTE ACTORA: PEGGY PRIETO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: SUPRA CARACAS.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ENDRYC BARBOZA.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy Viernes Veinticinco (25) de Enero de 2.013, siendo las 11:00 a:m, oportunidad fijada para que tenga lugar el Inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio. Este Tribunal deja constancia de la Incomparecencia a la misma de la parte actora el ciudadano PEGGY PRIETO, titular de la cédula de identidad N° V- 9.765.728, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente se deja constancia de la comparecencia del abogado ENDRYC BARBOZA AGUILAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 140.772, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, la empresa SUPRA CARACAS, según poder que consigna en este acto. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo (20) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202° y 153°.

El Juez

Abg. Miguel Yilales Zurita

La Secretaria.

Las Partes Abg. Gloria Medina.

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