REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 15 de enero de 2013
202° y 153º
N° de Expediente: NP11-L-2012-000367
PARTE ACTORA: AMIRCA SOTILLET BARRETO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 14.994.455
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YASMORE PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.152
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO CARIPE DEL ESTADO MONAGAS. No comparece a la audiencia preliminar
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: No consta en el expediente
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En horas de despacho del día de hoy, quince (15) de enero de dos mil trece (2013), se presentaron ante el Juzgado, el ciudadano AMIRCA SOTILLET BARRETO, acompañado por la Abogada ROSALIN ALCALA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 94.766, y el ciudadano CESAR SEGUNDO RUIZ M, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.345.455, en su carácter de Sindico Procurado Municipal de la Alcaldía del Municipio Caripe del Estado Monagas, quienes solicitaron se realizara audiencia conciliatoria por cuanto han logrado un acuerdo haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, por lo que solicitaron se levante acta al efecto. El Tribunal vista que la solicitud no es contraria a derecho, acuerda de conformidad, en consecuencia en cuanto al acuerdo alcanzado, el mismo fue del siguiente tenor: La parte patronal ofrece pagarle al actor la cantidad de DIECISEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON 11/100 (Bs. 16.740,11), por todos y cada uno de los conceptos explanados en el libelo de la demanda, en el entendido que a la cantidad demandada se le deduce la suma de Bs. 2.820,00 que ya fueron recibidos por el actor por concepto de adelantos de prestaciones sociales. El actor manifiesta que reconoce los adelantos recibidos y esta conforme con la suma a pagar. Se hace constar que en este mismo acto le es entregado al actor y éste recibe conforme, cheque Nro. 87005336, emitido contra la Cuenta Corriente nro. 01020606560000005982, del Banco de Venezuela, cuyo Titular es la Alcaldía del Municipio Caripe. Se acompaña a la presente acta copia de la liquidación de prestaciones sociales efectuada. El Tribunal verificados los extremos de Ley, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo alcanzado, dándole efectos de COSA JUZGADA, y ordenando el Carchi del expediente. Las partes solicitan se les expidan copias certificadas de la presente acta a los fines de su exclusivo interés. El Tribunal acuerda de conformidad.
La Jueza Titular
Abg. Ana Beatriz Palacios González
El Actor y su abogada asistente..
El Sindico Procurador Municipal.
La Secretaria.
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