REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
202° y 153°
SOLICITANTES: GUSTAVO ALBERTO ZAMBRANO y YENNY CAROLINA ARIAS GARCIA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº: 12.065
SENTENCIA: DEFINITIVA
En fecha 23 de Noviembre de 2.012, los ciudadanos GUSTAVO ALBERTO ZAMBRANO y YENNY CAROLINA ARIAS GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-10.119.813 y V-12.609.204, asistidos por la Abogado en ejercicio MARIA SUNIAGA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.899, presentaron escrito de solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde el año de 1996 están separados, que de la unión conyugal procrearon no hijos y no adquirieron bienes.
Admitida la solicitud en fecha 18 de Diciembre de 2.012, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 15 de Enero de 2.013, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de Divorcio formulada.
PARA DECIDIR SE OBSERVA:
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que están llenas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, resultando procedente la solicitud de Divorcio formulada.
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