REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintidós de enero de dos mil trece
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-011154
SOLICITANTE: ESTHER DESIREE GOMEZ CARRASQUEL, titular de la cédula de identidad Nro V- 20.093.130
MOTIVO: AUTORIZACION PARA RETIRAR LIBRETA Y RETIRAR SUMA DE DINERO.
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana ESTHER DESIREE GOMEZ CARRASQUEL , titular de la cédula de identidad Nro V- 20.093.130, debidamente asistida por la abogada MARJORIE RONDON, Defensora Pública Décima Séptima ( E ) de Protección, mediante la cual solicita que le sea entregada la libreta de ahorro y se autorice a retirar la cuenta de ahorro Nro 0003-008113-4000000587, aperturada a favor de su hijo --------, la suma de CUATRO MIL CIEN BOLIVARES (Bs. 4.100,00), a los fines de poder adquirir una cama y su respectivo colchón, para lo cual consignó presupuesto emitido por MUEBLERIA LOS JARDINES C.A., esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de este Circuito Judicial, AUTORIZA: A la ciudadana ESTHER DESIREE GOMEZ CARRASQUEL, titular de la cédula de identidad Nro V- 20.093.130, a retirar por ante la Oficina de Control y Consignaciones la libreta de ahorro correspondiente a la cuenta aperturada a favor de su hijo signada con el Nro. 0003-008113-4000000587; así como que pueda RETIRAR POR ESTA VEZ, la suma de CUATRO MIL CIEN BOLIVARES (Bs. 4.100,00) para la adquisición de una cama y su respectivo colchón. Se ordena librar comunicación a la Oficina de Control y Consignaciones de este Circuito Judicial, a fin de que hagan entrega de la libreta a la peticionante antes identificada y procedan a librar oficio al Banco Industrial de Venezuela, participándole dicha autorización. CUMPLASE.
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.
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