REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, dieciséis de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: DP11-R-2012-000444



Vista la diligencia que antecede suscrita por ambas parten intervinientes en el presente asunto, por la parte demandada, abogado ANTONIO CLARET GAMBOA inscrito en el Ipsa bajo el No. 71.326 y por la parte actora abogada ELENA BOLIVAR inscrita en el Ipsa bajo el No. 14.982, mediante el cual dan cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado de Primera Instancia celebrando la presente transacción en los términos expuestos en la mismas, entregando la parte demandada a la parte actora la cantidad de BOLIVARES SESENTA Y CINCO MIL, (Bs. 65.000,00) mediante de dos cheques por la cantidad cada uno de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES, (32.500,00) girados contra el Banco Mercantil, anexando copias de los mismos, solicitando la homologación del acuerdo así como el cierre y archivo del expediente, este Tribunal visto que el Convenimiento alcanzado entre las partes no es contrario a derecho, y conforme a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y por aplicación analógica de conformidad con lo establecido en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte HOMOLOGACIÓN A DICHO CONVENIMIENTO, asimismo este Tribunal ordena remitir el presente asunto al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Aragua con sede en la ciudad de La Victoria a los fines del cierre y archivo del presente expediente.
El Juez Superior,


JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS
El Secretario,


LUIS GERARDO SARMIENTO ORTEGA