REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS
CORTE DE APELACIONES
Maturín, 18 de Febrero de 2013
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-000749
ASUNTO : NP01-R-2012-000241
JUEZ PONENTE : ABG. LARRY JOSÉ ZULETA
Mediante Audiencia Preliminar celebrada en fecha primero (01) de Noviembre de 2012 y publicada en fecha trece (13) de Noviembre de año 2012, por el Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Presidido por la ABGA. ISPED NARANJO SUAREZ, en el asunto principal signado con el alfanumérico NP01-P-2010-000749, mediante la cual decreto el SOBRESEIMIENTO la presente causa seguida a la Ciudadana AURA MARIA ATAY QUIJADA, por la comisión de los delitos de CORRUPCION PROPIA, FALSA ATESTACION DE FUNCIONARIO PUBLICO y ASOCIACION CON FINES DELICTIVOS, bajo las previsiones del artículo 318 en relación con el artículo 33 numeral 4 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Contra ese fallo interpusieron recurso de apelación, en fecha 28/11/2012, las profesionales del Derecho DANIELA PEREIRA OROPEZA y LIBIA CALDERON, actuando con el carácter de Defensoras Privadas, evidenciándose del contenido de su escrito recursivo, que plantea su apelación fundamentándose en el numeral 2 del artículo 447 del derogado Código Orgánico Procesal Penal, no obstante, observa este Tribunal de Alzada que, se trata de una sentencia definitiva, pronunciada por una Jueza de Primera Instancia en Funciones de Control, en el acto de la Audiencia Preliminar, motivo por el cual, los artículos alegados por las profesionales del Derecho, en su escrito de Apelación, no se corresponden, con las disposiciones consagradas en el derogado, ni en el vigente Código Orgánico Procesal Penal.
Recibidas como fueron en data 07-02-13, las presentes actuaciones procedentes de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal en esta Instancia Superior, fue designada ponente al Juez Superior que con tal carácter suscribe la presente decisión, siendo entregadas esa misma fecha, y constatado que el Juzgador de Primera Instancia Penal cumplió con el procedimiento dispuesto en el artículo 441 del Código Orgánico Procesal Penal, y siendo la oportunidad para emitir el pronunciamiento respectivo le corresponde a esta Alzada Colegiada pronunciarse de conformidad con lo pautado en el encabezamiento del artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal fin se observa que:
ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE APELACIÓN:
Considera esta Corte de Apelaciones que, el recurso que nos ocupa presentado por la Representación Fiscal -legitimada activa para proponerlo-, incoado mediante escrito, ante el Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal (tribunal de origen), dentro del lapso procesal concedido para interponerlo; quien fundamentó su escrito de Apelación de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 447 del derogado Código Orgánico Procesal Penal, no obstante, tratarse de una sentencia condenatoria, pronunciada por un Juez de Primera Instancia en Funciones de Control, en el acto de la Audiencia Preliminar, alegando el recurrente disconformidad con la sentencia definitiva dictada por la Abga. ISPED NARANJO SUÁREZ, actuando como Jueza del Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto el SOBRESEIMIENTO la presente causa seguida a la Ciudadana AURA MARIA ATAY QUIJADA, por la comisión de los delitos de CORRUPCION PROPIA, FALSA ATESTACION DE FUNCIONARIO PUBLICO y ASOCIACION CON FINES DELICTIVOS, bajo las previsiones del artículo 318 en relación con el artículo 33 numeral 4 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, este Tribunal Colegiado declara que, no configurándose en el presente caso alguna de las circunstancias previstas en el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, lo procedente y ajustado a derecho es DECLARAR ADMISIBLE, como en efecto se hace, el recurso de apelación presentado por las profesionales del Derecho DANIELA PEREIRA OROPEZA y LIBIA CALDERON, actuando con el carácter de Defensoras Privadas. Y ASÍ SE DECIDE.
Como consecuencia del anterior pronunciamiento, y de acuerdo a lo previsto en el primer aparte del articulo 447 del Código adjetivo penal, se FIJA AUDIENCIA ORAL, para el día LUNES CUATRO (04) DE MARZO DE 2013, A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA, oportunidad ésta fijada para que las partes comparezcan y debatan oralmente sobre las cuestiones planteadas en el recurso de apelación que hoy se admite. Por lo cual deberán librarse las correspondientes boletas de notificaciones. Y ASI SE DECLARA.
- II -
D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por las profesionales del Derecho DANIELA PEREIRA OROPEZA y LIBIA CALDERON, contra Sentencia Definitiva dictada por la Abga. ISPED NARANJO SUAREZ, actuando como Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto el SOBRESEIMIENTO la presente causa seguida a la Ciudadana AURA MARIA ATAY QUIJADA, por la comisión de los delitos de CORRUPCION PROPIA, FALSA ATESTACION DE FUNCIONARIO PUBLICO y ASOCIACION CON FINES DELICTIVOS, bajo las previsiones del artículo 318 en relación con el artículo 33 numeral 4 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: SE FIJA AUDIENCIA ORAL, para el día LUNES CUATRO (04) DE MARZO DE 2013, A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA. Publíquese, regístrese, guárdese copia certificada y decídase en su oportunidad legal.
Así se declara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
La Juez Superior Presidente,
ABG. DORIS MARÍA MARCANO GUZAMAN.
El Juez Superior, Ponente
ABG. LARRY JOSÉ ZULETA.
La Juez Superior,
ABG. MARÍA YSABEL ROJAS GRAU.
La Secretaria,
ABG. MARÍA GABRIELA BRITO MORENO.
DMMG/LJZ/MYRG/MGBM/Anyi*
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