REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 4 de febrero de 2013
202º y 153º
Sentencia Interlocutoria Nº 0031/2013
Visto el escrito de Promoción de Pruebas presentado en fecha 22 de enero del 2013, por la ciudadana Rosa Caballero, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 111.400, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la contribuyente “ATLAS COPCO VENEZUELA, S.A.”, por cuanto las pruebas en el promovidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se admite cuanto ha lugar en Derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
Ahora bien, constata el Tribunal que, en fecha 21 de enero del 2.013, fue consignado por el ciudadano William Peña, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.569.659, actuando en su carácter de sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República, copia certificada el Expediente Administrativo; en consecuencia, consta en el Tribunal la Veracidad de la consignación efectuada, por lo tanto, se INADMITE la prueba de exhibición del expediente administrativo promocionado por la contribuyente. Así se declara.
El Juez Titular.
Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria.
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto No. AP41-U-2012-000415
RCJ/HERE/mav.
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