REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 5 de febrero de 2013
202º y 153º
ASUNTO: AH13-X-2012-000067
Vista la diligencia de fecha 31 de Enero de 2013, presentada por el abogado Mario Bariona G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.618, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaria, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
En consecuencia, con vista al pedimento efectuado por la parte actora y por cuanto en fecha 16 de enero de 2013, se homologó el convenimiento este Juzgado a solicitud de parte acuerda, SUSPENDER la Medida Cautelar Innominada, decretada en fecha 13 de Noviembre de 2.012, y participada al Registrador Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, con oficio Nº 12-1362, de esa misma fecha, que se rigió en los siguientes términos que continuación se especifican:
Se acuerda la suspensión de los efectos de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad mercantil CORPORACIÓN ANUBIS, C.A., presuntamente celebrada el día 29 de junio de 2012, inscrita por ante el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 25 de julio de 2012, bajo el No. 36, Tomo 103-A, dejándose la situación en el estado en que se encontraba al momento de suscribir el acta cuestionada, en consecuencia se ordena oficiar al respectivo registro ordenándole se abstenga de inscribir en el expediente Nro.60888, cualquier Acta de Asamblea Ordinaria o Extraordinaria de Socios de la sociedad mercantil CORPORACIÓN ANUBIS, C.A., hasta tanto se dicte sentencia en la presente controversia.
Se ordena oficiar lo conducente al Registrador Mercantil IV de la Circunscripción Judicial de Distrito Capital y Estado Miranda, a los fines de que se sirva estampar la nota marginal y acuse recibo a este Juzgado Líbrese oficio.
EL JUEZ,
Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARÍA
Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO