REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay
Maracay, 19 de Febrero de 2013
202º y 153 º
ASUNTO: DP41-J-2013-000310
Vista la exposición formulada por el ciudadano RAFAEL JACINTO OVIEDO, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.326.218, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, acuerda designarlo como CURADOR AD- HOC de (SE OMITEN NOMBRES), adolescente y niña hijas del ciudadano LUIS FELIPE OVIEDO HERRERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 10.989.478. Expídase por secretaria copias certificadas de lo actuado y entréguese original al interesado a los fines aludidos en su solicitud. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay 19 de Febrero de 2013.
EL JUEZ TITULAR
Dr. SERGIO PEREZ SAYA.
LA SECRETARIA
Abg. RAQUEL CONTRERAS
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