REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, veintiuno de febrero del dos mil trece
202º y 154º

ASUNTO: DP11-R-2013-000054

ACTA

PARTE ACTORA: ciudadano JONNY JOAQUIN DIAZ titular de la cédula de identidad N° V- 11.052.133

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGADO ALIS MORALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 141.101.

PARTE DEMANDADA: TRABAJOS INDUSTRIALES Y MECANICOS (TRIMEL CA)

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADO JOSE MORA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.773

MOTIVO: APELACION

En el día de hoy, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y publica con motivo de la apelación formulada por el abogado JOSE MORA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 48.773 apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión sobre la Admisión de Pruebas, dictada en fecha 16 de enero del 2013, por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el ciudadano Juez Superior Dr. José Felipe Montes Navas, el Secretario Abogado Bethsi Ramirez y el Alguacil Jesus Bogarin, se declaró abierto el Acto. Seguidamente el Secretario deja constancia de la incomparecencia de la parte Apelante, no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Este Juzgado Primero Superior del Trabajo en el Estado Aragua, vista la Incomparecencia de la recurrente a la Audiencia oral de parte pautada para el día de hoy, a las Diez y Treinta de la mañana (10:30 a.m.), declara: DESISTIDO, el recurso de Apelación ejercido contra la Sentencia supra indicada; remítase el presente expediente al Tribunal de origen, una vez vencido el lapso de Ley, todo ello de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPERIOR,

DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.



LA SECRETARIA,

ABG. BETHSI RAMIREZ.

JFMN/br.-